domingo, 26 de abril de 2026

SR. FISCAL DEL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE SANTIAGO DEL ESTERO:

Denuncia presentada el 5 de julio del 2004.
Sin Instrucción hasta la fecha.
Impulsada por ante el Juzgado
del Crimen de Segunda Nominación. 
                                           
Copia de la denuncia presentada por ante el Fiscal del Superior Tribunal de Justicia santiagueño, que -sin que pueda entenderse- quedó archivada, sin más tramite. Como tiene fueros el principal denunciado habrá que esperar a que estos cesen.
                                                                  
                                                   Miguel A. Brevetta Rodríguez, por mi propio derecho, con domicilio en Unzaga norte No. 85 en esta ciudad capital de Santiago del Estero, en los términos del art. 16 inc) 6 y 47 de la C. Provincial ante V.E. presentado digo:

    Que vengo por la presente a interponer denuncia sobre IMPUNIDAD, DISCRIMINACIÓN, PREVARICATO, DENEGACIÓN Y RETARDO DE JUSTICIA, VIOLACIÓN DE LOS DEBERES DE FUNCIONARIO PUBLICO, ABUSO DE AUTORIDAD, ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO Y ASOCIACIÓN ILÍCITA, ETC. en los términos de ley en contra de Juan Schiaretti, Eduardo Fellner, Ruben Lafouret, Jorge Busti, Mariano Rodríguez, Ángela Ledesma Víctor Rotondo y otros funcionarios, ex funcionarios y/o quienes resulten responsables de los distintos hechos ilícitos acontecidos en nuestra provincia durante la gestión de la Intervención Federal (1993/1995).

    Esta presentación resulta ser de publico y notorio toda vez que se trata de denuncias formales, que en algunos casos ya fueron interpuestas por ante los estados judiciales, que inexplicablemente, se mantienen “cajoneadas” y sin substanciación desde hace varios años por orden expresa, según se me informara, del régimen depuesto.

   Atento a las copias de publicaciones realizadas en los principales medios periodísticos de la provincia, que acompaño como prueba, para mejor ilustración de V.E. surge con claridad lo dicho infra, solicitando desde ya la inmediata investigación de los ilícitos denunciados, los que realizo en resguardo y beneficio del patrimonio provincial, del uso y ejercicio de mis derechos ciudadanos y del interés que evidencia nuestra comunidad, ante el peligro inminente de la prescripción de las causas.

I- BREVE RESEÑA DE LOS HECHOS.-

    Que pasaron mas de diez años desde que irrumpió en nuestra provincia el gobierno de la Intervención Federal con Juan Schiaretti a la cabeza quien llegó conjuntamente con una banda de improvisados foráneos que saquearon hasta el ultimo centavo de las cajas del Estado, dejando endeudada a la provincia en mas de 320 millones de pesos, sin que se sepa, a la fecha, el destino de los fondos sustraídos y el origen de los recursos con que contaron para equilibrar los faltantes que estoy denunciando.

    Durante la gestión del mentado Interventor Federal es recordada todavía la inoperancia e incompetencia flagrante con que actuaron, escondidos tras la soberbia los inexpertos cuadros ministeriales y desconocidos funcionarios judiciales, que no hicieron mas que debilitar el ya alicaído sistema judicial.

    Nadie resulta indiferente a los entonces discursos de corte “nazi-fascista” tediosos y "moralinos" del entonces Interventor Federal, al igual que su cuestionado Secretario de Seguridad Andrés Antonietti quienes trajeron consigo, designando a un ignoto y falaz jefe de prensa de apellido Álvarez, - por entonces cuñado de Schiaretti - quien se dedicó al abarrotamiento de los escritorios del periodismo nacional y provincial denunciando falsos casos de corrupción, sin seriedad y sin pruebas, que a la postre resultaron disfraces de mal gusto, que en numerosos cuerpos de expedientes concluyeron en necesarios sobreseimientos, pues se trataba de meras “cortinas de humo” para distraer a la población, mientras se saqueaban las arcas estatales al amparo de una total impunidad conocida en el ámbito nacional y después encubierta en el orden provincial.

     Con la Suma del Poder Publico en sus manos el Interventor descabezó la cúpula del entonces Poder judicial, al declarar en comisión a los jueces de la constitución, designando como presidente del Superior Tribunal de Justicia a la Dra. Ángela Esther Ledesma quien reformó del Código de Procedimiento en materia Penal, cuyo sustento se orientó a impedir las excarcelaciones de quienes fueron ex funcionarios, una suerte de intríngulis jurídico que de inmediato, debió ser reformado ante las contradicciones y colisiones con la Constitución Provincial y Nacional.

    La aludida también fue denunciada públicamente por los abogados José Antonio Uñates y Fernando Miranda bajo los cargos de Prevaricato, Violación de los deberes de Funcionario Publico y Privación ilegitima de la Libertad... hoy goza como todos los que compusieron el elenco federal de total impunidad.

     Otro de los aun impunes es Rubén Lafouret, a quien pusieron al frente del Juzgado del Crimen de Quinta Nominación, fuero este en donde se hicieron recaer todas las causas de resonancia durante la gestión oficial, al solo efecto de que los entonces gestores del manejo publico pudiesen contar con amparo judicial y protección especial.

    Fue sobre el juzgado de este magistrado en donde a propósito, concentraban las causas de mayor resonancia periodística para poder manejar, Fiscal de por medio, la suerte y libertad de quienes se opusieron al régimen dictatorial.

    Así el mentado Rubén Lafouret junto a Ángela Ledesma, Mariano Rodríguez, fiscal del Superior Tribunal, y Víctor Rotondo fiscal de primera instancia, entre otros, resultaron ser los magistrados mas cuestionados y denunciados, entre otras causas, por el resonante caso de un contrato de arte, mal llamado de publicidad, antecedente éste que fuera orquestado tras un despliegue publicitario oficial, sin parangón en la historia judicial de nuestra provincia.

Resultado de las causas penales en contra de los mismos: nada.

    El primer indagado el Dr. Jorge Berardo, vocal del entonces máximo tribunal, habría manifestado, que la causa “piloto” que investigó la Intervención Federal carecía de todo asidero legal, responsabilizando a la aludida Ángela Ledesma y Fernando Pedicone, otro vocal del alto cuerpo, como los gestores de las arbitrarias detenciones, junto a Mariano Rodríguez y Víctor Rotondo, éste ultimo como participe necesario al imponer un procedimiento de revisión por ante el alto cuerpo judicial, que no está contemplado en los códigos procedimentales, que hicieron posible una tercera instancia inexistente. Por ahora todos libres e impunes. (Expte No. 12.371/94 “ ROTONDO VÍCTOR FISCAL I INSTANCIA CRIM. Y MARIANO RODRÍGUEZ FISCAL DEL SUP. TRIBUNAL s/ RECURSO DE QUEJA EN AUTOS BREVETTA RODRÍGUEZ Y OTROS s/ VIOLACIÓN DE LOS DEBERES DE FUNCIONARIO PUBLICO etc. C/ ESTADO PROVINCIAL”)

    Todavía se recuerda la predica de un diario local quien denunciaba un faltante de 60 millones de pesos, razón por la que no se pagaban los sueldos a los empleados del estado, y trajo consigo la Intervención Federal, por ello se realizó de inmediato una investigación sobre el faltante del dinero denunciado terminando sobreseídos todos los ex funcionarios imputados, pues se trataba de una gran mentira, que el paso del tiempo confirmó que durante la gestión del Gobernador Carlos Aldo Mujica, no se registró un solo hecho de corrupción.

    Jorge Busti, por entonces Ministro de Gobierno creía que estaba en las épocas del gobierno de facto y al mejor de su conocido estilo nazi-fascista, prometía palos y cárcel por doquier a todos los ex funcionarios del gobierno derrocado.

    Schiaretti y Antonietti, prometían a viva voz “ llenar las cárceles de corruptos ” y un sin fin de promocionadas investigaciones recaían siempre en un mismo juzgado a cargo de un ignoto cordobés de apellido Lafouret, quien tropezaba permanentemente con su inexperiencia y la ineficiencia de los cuadros de un recién reestructurado poder judicial, concebido a imagen y semejanza de los interventores.

    Cuando Cavallo era considerado el súper ministro de Economía, a fines de abril de 1994 el diario Ámbito Financiero en la pagina 20 afirmaba: “ Varios gobernadores contraatacaron acusando a Cavallo de haber financiado en forma extraordinaria a Santiago del Estero. Schiaretti dijo que la diferencia es que el sabe administrar mejor que muchos de sus pares... ” Así, el gordito interventor lucia en la portada ataviado de Papa Noel, arrojando billetes que extraía de una caja que llevaba el nombre de nuestra provincia intervenida.

     El Interventor declaraba en Buenos Aires: “ Cavallo me dio un crédito de sesenta millones de pesos a través del Banco Nación y los 240 millones que me están reclamando corresponden al plan de obras publicas 1994/95, cualquier provincia puede armar un plan de obras publicas...”(textual) Y donde están las obras?

   Sin duda el buen dibujo del Interventor le sirvió para embolsar una suma que jamás dispuso gobernante alguno en el curso de la historia provincial. Agua potable, riego, viviendas, escuelas, edificios públicos, energía, caminos, etc. eran los proyectos que se prometían mediante una abrumadora publicidad de alcance nacional (?) buscando un efecto de proyección personal de los ejecutores, que felizmente no prosperó, pero dejó endeudada a la provincia por sumas siderales. ¿Y las obras...?

    Como resultado de la fatídica gestión intervencionista a la fecha, mucho se dice, pero nada se sabe, por donde se esfumaron tantos millones de pesos, sin que exista obra alguna en nuestro territorio que justifique el déficit de caja existente por entonces en la provincia.

    A mediados del mes de noviembre de 1994, la gestión de Juan Schiaretti, recibió “la primera munición gruesa ” en materia de denuncias a su gestión.

    La misma, la realizó el suscripto desde la Unidad Regional No. 1, lugar de detención, la que fue anunciada con bombos y platillos en horarios centrales y pautados por Canal 7 en el promocionado programa “Libertad de Opinión” y en el Noticiero local.

    Hasta ese momento, cuando nadie se atrevía a cuestionar la gestión de Schiaretti, fui quien denunció el festival de “cuentas especiales” y “gastos reservados”, “dilapidación de A.T.N.” que se giraban mediante partidas fantasmas, asegurando que estas, en el futuro, se perderían por el camino. Y, como se sabe, así resultó ser. Por ello todavía se dice que la Intervención Federal se quedó el faltante de caja mas grande de la historia provincial.

   La ingenuidad y el accionar delictivo de Juan Schieretti en la arena política, lo llevó a pergeñar un maléfico entorno que le trajo mas problemas que soluciones, pues mal podían personajes ajenos a la estrategia política, como Eduardo Fellner - el de las fiestitas con dineros de la Cámara de Diputados de la Nación, cuando era legislador - u Oraldo Senn, más preocupado por el destino de la “valija”, ante un accidente familiar, que por la suerte de los ocupantes.-

   Jorge Busti - que aun no aclaró el tema de los ciento cincuenta mil dólares que faltaron del partido justicialista distrito local, en la gestión de Puricelli - ni la existencia de las cuentas Suizas que se le enrrostran , o Nicolás Hunike - desesperado por un vuelto de monedas- que fueron quienes le inculcaron al primer mandatario sobre las bondades de la candidatura de un tal Bertolino ex compañero de estudios del entonces influyente Senn.-

II- QUE PASO CON LAS CUENTAS SUIZAS...?

    Sin lugar a dudas la intervención a nuestra provincia fue el pretexto ideado por la Asociación Schiaretti y Cía., para lavar los fondos provinciales ingresándolos a los mismos al circuito económico de las bancas of shore.

    Quizá por ello el miércoles diez de junio de 1998, en la pagina 16, el diario Clarín, titulaba: “ Escándalo Informático. Causa abierta en la Justicia de Santiago del Estero. Investigan a Schiaretti por una cuenta de 3 millones en Suiza “ en relación al manejo de fondos de la intervención entre el 94 y 95. Investigan a Jorge Alladio, amigo intimo de Schiaretti, quien fue subsecretario de la Producción y ex Director del Banco de Inversión y Comercio Exterior.

     La nota en cuestión narra como se encuentra imputado en una causa por “fondos reservados” Raúl Oliva Carreras, secretario privado de Alladio a quien se le encontró una cuenta personal en la banca Suiza, responsabilizando a Schiaretti del mal manejo del erario publico provincial, sin que se sepa todavía el destino de las innumerables causas judiciales en donde se encuentra seriamente comprometido.-

     El entonces Director de la Casa de Santiago en Buenos Aires Ignacio Guastavino, oficiaba de nexo junto a Alfredo Aldaco ex Banco Nación y Jorge Aladio ex director del Banco de Inversión y nombrado por Schiaretti Subsecretario de la producción, y su secretario privado Raúl Ignacio Oliva Carreras, en el manejo de los fondos que se remitían desde la Capital Federal con destino a las arcas del estado provincial. Todo tramitó por ante el Juzgado de cuarta Nominación a cargo de la destituida Cárdenas de Infante, quien seguramente debió cajonear las actuaciones, pues nunca trascendió ninguna diligencia de su parte, ante tan seria denuncia.

    Asimismo por estos días ingresó en nuestra provincia, una nueva denuncia por sospecha de depósitos en bancos Suizos de dinero provincia de la época intervencionista, sospechándose del actual Gobernador de la provincia de Entre Ríos, es decir de Jorge Busti, quien puso el grito en el cielo, cuando la denuncia tomo estado publico, que mediante un inusual despliegue publicitario, llegó hasta esta provincia en compañía de 19 “patovicas”, para decir que desconoce todo lo denunciado y que solamente prestó patrióticos servicios a los santiagueños.

III- AHORA LAS MENTIRAS.-

    Pero ante tanta denuncia y falta de investigación, resulta apropiado buscar donde se esconde la verdad, pues dice Schiaretti que: “ reivindico mi gobierno y dejo las cuantas equilibradas... mientras solicitaba el tercer mandato de Menem, no se cansó de expresar que... claro que... cuando me fui la provincia quedó equilibrada (sic) (El Liberal, 20/7/98, Pág. 5).

    Mientras que Carlos Juárez declaraba días después: “cuando asumí... había una bancarrota total un déficit presupuestario... que Carlos Menem reconoció que deberá atender las deudas de dejó la Intervención federal..” (El Liberal, 26/9/98).

    Cuando ya, agonizaba la gestión de Schiaretti, la prensa local realizaba una cronología de los hechos mas resonantes acaecidos en la provincia durante su gestión. El 28 de mayo de 1995 el diario El Liberal titulaba a toda pagina : “ Hay contradicciones entre los ministros. El gobierno no ha dilucidado las transferencias a Oliva. Interrogantes sin respuestas ”

    Este “asesor” recibió transferencias por 845.000 pesos sin que se sepa todavía, causa, razón, destino y utilidad de esa importante suma que ingresaba a la provincia enviada desde la Nación con alguna imputación cierta.

    Ni Rodolfo Poma, ni José Pistamiglio allegados al entonces Banco Provincia, ni el mismísimo Ministro Montiel, sindicado como el ideólogo de los desmadres de la Intervención, pudieron explicar las razones por las que un comerciante que opera en el medio, Darío Saleme, prestaba su cuenta corriente para que se depositen los fondos provinciales, sin que este formara parte del circuito administrativo pertinente.

    Tamaña irregularidad jamás fue investigada por el entonces "juez títere" que había designado la Intervención, en donde hacia recaer todo tipo de sus mentadas travesuras, al contar con la complacencia de un Fiscal obediente, también designado para actuar conjuntamente con el magistrado aludido.

    Esta dupla pergeñada por Eduardo Fellner, casi al final de la caída de Schiaretti, tenían la misión de ocultar todos los casos de corrupción que afectasen la imagen del gobierno, a cambio de permitirles la distribución de algunas sustancias prohibidas por las leyes federales. Y no obstante esa garantizada protección fue casualmente la justicia federal de Córdoba quien encarceló a uno de ellos durante mas de un año por el contrabando y transito de una delicada sustancia de color blanco.

    Salvo uno que otro informado, nadie se animó a dar cuenta, ni arriesgó el posible paradero del mas grande despilfarro de la historia provincial. La mayoría de los medios en silencio, funcionarios tibios, mas jueces y fiscales que miran para otra parte cuando son consultados, nos advierten que la realidad parece superar una vez mas a la ficción, pues la impunidad una vez mas toca las puertas de una provincia desvencijada, acaudillada por un gobernante que nunca sobresalió por sus conceptos sobre la ética.

    Schiaretti, cómodamente instalado en una banca de diputado nacional, calificaba de “disparate” al diagnostico Peña sobre la situación económico financiera de la provincia, consiguiendo que a fines de agosto de l995 la legislatura local formalizara un voto de repudio en su contra, aprobado por unanimidad.

    Así el diputado radical Héctor Díaz se preguntaba: “ O Schiaretti quebró la provincia o el gobierno de Juárez esta jugando a las escondidas...? mientras que el diputado Antonio Elías instaba a la Fiscalía de Estado a constituirse en parte civil damnificada por los hechos de corrupción cometidos por la Intervención Federal y en especial un faltante de 450.000 pesos aparentemente robados del Ministerio de Acción Social.-

    Al fin de la reunión legislativa, luego de los largos debates y de los muchos interrogantes que enardecían al cuerpo legislativo, la barra seguidora de esas encendidas sesiones, se preguntaba: y la guita donde está...?

III)- COMISIÓN INVESTIGADORA: con los plazos vencidos

   De los tristes y nefastos recuerdos de lo que fueran las famosas comisiones de l955 conformadas especialmente para detener peronistas y husmear en las gestiones democráticas fenecidas, a causa de los golpes de estado, hasta aquí, nada ha cambiado.

    Y no será mas que una anécdota lo reseñado por la prensa a principios de septiembre de 1995 a poco de acomodarse en sus bancas la flamante Cámara de Diputados provincial, quienes en acuerdo de juaristas y zabalistas se creó una comisión investigadora a propuesta del diputado González Avalos, que debía expedirse en 120 días, conformada por siete miembros con el objeto de “esclarecer las supuestas irregularidades y delitos ocurridos durante la gestión de la intervención federal ”.

    Dicho cuerpo estuvo integrado por los diputados provinciales : Laprovita, Roitman, Elías, Morat, Ramos, Torres de Díaz y autor de la iniciativa, y como resulta de suponer, todos terminaron sus mandatos, sin que nada se sepa a cerca de la misión encomendada.

    El diputado Aye, había logrado incluir entre los ítems a investigar aquellos supuestos ilícitos cometidos en la refacción, ampliación, y construcción de escuelas mediante el promocionado Plan Social Educativo.

     A fines de enero de 1996 esta Comisión denunció: falta de construcción de escuelas que sin embargo se habían pagado, como la no ejecución de 8.000 viviendas y 970 kms de asfalto.

    También publicó que en el peri lago de las Termas se invirtieron 800.000 pesos y solamente se realizó el alambrado perimetral y una construcción de tipo rancho.

   Muchos se preguntan todavía sobre la diferencia entre estos hechos y los conocidos caminos inexistentes atribuidos al ex diputado Crámaro, pues como se sabe el aludido ex funcionario de la gestión de Iturre fue condenado y permaneció preso, mientras que no se conocen todavía, los paraderos de los cordobeses que saquearon el patrimonio provincial.

    Al cabo de los tantos años transcurridos desde aquellas meras expresiones de anhelos, tendiente a informar a la comunidad del destino dado a sus legítimos dineros, todos se miran azorados comprobando que el tiempo pasa, los plazos se vencen, los mandatos se cumplen, la impunidad reina y de aquellos diputados investigadores, si los han visto... nadie se acuerda.-

IV)- COMO UNA LLUVIA DE DENUNCIAS

    El ex diputado radical Héctor Fhur fue el primero en acercar abundante documentación a la sede de la mentada comisión parlamentaria dando cuenta de numerosas irregularidades acontecidas en la sed del entonces Tribunal de Cuentas Provincial, (Eduardo Cremer, Ruben S. Fassi, Juan de Dios Sosa) como por ejemplo, la cobertura de vacantes de jerarquía sin concurso, todo dan-do la espalda a la Ley No. 5792. ¿Quién investigó a estos señores?

     La afectación al Consejo General de Educación de abogados designados en la fiscalía para evitar así el conocimiento de causas paralizadas por orden de su Presidente. Las famosas Acordadas sin quórum suficiente que derogaban legislación, cuando estas no les era favorable.

    También se conocieron denuncias varias hacia el mismo organismo fiscalizador, como ser las compras directas sin llamado a licitación publica, y la firma de numerosos contratos publicitarios promocionando al candidato de la Intervención en violación a elementales normativas de la Ley de Contabilidad de la Provincia. Y lo que resulta ser el colmo de la impunidad, es que agotado el presupuesto aprobado para el ítem de publicidad estatal, se contrataba sobre lo presupuestado sin ningún tipo de control de parte de los entes fiscalizadores.

     A nadie , ni jueces, fiscales o diputados, se le ocurrió meter sus narices dentro del ámbito del Tribunal de Cuentas, que de ser una oficina de eficiente contralor, se convirtió durante la cuestionada gestión de su entonces titular Ricardo Allub en una mera oficina del organigrama administrativo, pues se la recuerda como las peores gestiones de la historia provincial, a la realizada por este ex funcionario que nunca fue investigado, pese a ser mantenido durante tantos años en esa dependencia.

   Precisamente Allub mientras se desempeñaba como presidente del Tribunal de Cuentas, observó el famoso “contrato de publicidad ”que le sirvió a la Intervención de Schiaretti para colocar en prisión a todo el gabinete de Carlos Mujica.

    Después se supo que este incauto funcionario, había “peritado” una simple fotocopia y que nunca tuvo en su poder el instrumento original que mandó a prisión a los ex funcionarios, hoy sobreseídos total y definitivamente, mientras esperan millonarias indemnizaciones de la Nación por las injurias soportadas.

   También el diputado y Secretario del Sindicato de Trabajadores de Obras Sanitarias : Hugo Herrero, denunció irregularidades en obras de provisión de agua potable durante la gestión de la intervención, informando que no se realizó el estudio de suelos, de las fundaciones, de la carencia de energía eléctrica, especificando que faltaban certificar por el Cofapys mas de dos millones, por obras en las localidades de Loreto, Sol de Julio, Ojo de Agua, El Sauzal, Los Nuñez, Chauchilla, Los Miranda y los Morales. Entonces en que invirtió los dineros de la Nación el interventor Schiaretti ...?

    Tampoco nada se sabe de la gestión del Tribunal de Cuentas que empezó a estudiar, desde el 2 de agosto de l995, el manejo de cuentas de la Dirección Provincial de Recursos Hídricos y el destino de los 5 millones de pesos que envió la Nación, de los cuales se efectivizó solo uno.

    Cabe destacar que desde el mes de abril del mismo año se había contraído una deuda de 1.300.000 pesos en concepto de certificados vencidos y no pagados.-

   Otra de las irregularidades denunciadas se refería a los viáticos, porque la mentada repartición tenia orden de gastar hasta 20.000 pesos, pero en enero ya habían gastado 23.496, en febrero 34.800, en abril 46.900, hasta alcanzar los 64.300 pesos en el mes de junio.

    La Fiscalía de Estado anunció el inició de investigaciones sobre las 240 obras que fueron adjudicadas por la Dirección General de Arquitectura en el marco del Plan Social Educativo, en las que se había detectado serias irregularidades, pero hasta la fecha el silencio reina una vez mas.

   A fines de diciembre de 1995, Jorge Brao, Presidente de Recursos Hídricos informaba que el Tribunal de Cuentas auditaba el destino de los fondos girados por la Nación para obras hídricas, ya que en ese momento había un faltante de 846.000 pesos que formaban parte de los 5 millones enviados por la Nación para obras en esa área. Nada se supo después.

    Dante Roberto De Luca, director técnico de la obra, informaba a principios del mes de febrero de 1996, la existencia de sobre certificación en la Escuela Juan Yaparí, lo que significan mas de 540.000 pesos perdidos.

    El actual Senador Nacional que representa a nuestra provincia Mario Ruben Mera, hacia saber, en la misma fecha, faltantes de 6.500, 22.000 y 30.000 en el municipio a su cargo en las Termas de Río Hondo, por arreglos de vehículos no realizados, la ausencia de motores de las cámaras frigoríficas y la falta de ingresos a la Dirección de Rentas de cheques entregados como pago de tasas retributivas e impuestos municipales.

     El entonces diputado Fernando Dahbar le confesó a la prensa local que : “ lucharía a través de la legislatura para erradicar definitivamente de la provincia, el flagelo de las maquinitas electrónicas que tanto daño vienen ocasionando a nuestra juventud... anunciaba que denunciaría penal y civilmente a ex Interventor Schiaretti “ por haber derogado las leyes que prohibían el funcionamiento de estos aparatos electrónicos y, fundamentalmente, por el hecho de haber renovado contratos a las firmas que explotan este juego ilegal.-

   Este diputado recordaba, que durante la gestión de Carlos Mujica, se había derogado toda normativa que promocionara o facilitara el juego electrónico en la provincia, logrando así la sanción de la Ley No. 5842, que por unanimidad prohibió la proliferación de estos aparatos.

    También le confesó al diario El Liberal que: “ el interventor Juan Schiaretti, en forma sorpresiva y arbitraria, en el ultimo minuto de su gestión derogó mediante un decreto aquellas leyes, e incluso, firmó nuevos contratos con empresas que explotan estas maquinas electrónicas, porque prima facie advierte la existencia de responsabilidad por parte de quienes ejercieron el Poder Ejecutivo hasta el 6 de junio del 95 y también iniciará acciones civiles y penales correspondientes ante la justicia provincial ”.

      Con fecha 3 de enero de 1996, el diario El Liberal titulaba: “ Primera acción judicial contra ex interventor. Presentan denuncia contra Juan Schiaretti ” Era el turno del ex diputado provincial Francisco Cavalotti, quien interpuso una denuncia ante el Juez Federal acusando al ex mandatario por “ abuso de autoridad ” a raíz de la sanción de seis leyes con las cuales contrajo prestamos bancarios en la banca oficial y privada, provocando “ un grave desequilibrio financiero y comprometiendo mas del 25% de la renta ordinaria en clara violación de la Constitución Provincial, generándose un incremento en el pasivo provincial de alrededor de los 155 millones de pesos ”

     El denunciante señaló que el Interventor Schiaretti: “ violó sistemática y reiteradamente la Constitución Provincial en un grosero abuso de autoridad, pues la magnitud y periodicidad del pago de las obligaciones contraídas por efecto de las leyes nacidas de conductas antijurídicas, la afectación a tal fin, de los importes que corresponden a la provincia en concepto de coparticipación federal, con la modalidad d la autorización para el descuento automático de esos importes por parte de la Nación, generan un daño actual e irreparable en la medida en que el gobierno santiagueño debe compensar el déficit fiscal ”

“ Schiaretti - señaló mas adelante - endeudó a la provincia con estos prestamos basados en leyes absolutamente inconstitucionales, justamente para ocultar los hechos irregulares de su administración ”

      La justicia federal, comenzaba a principios del año 1996 a instruir la presente denuncia mediante pedidos de informes, para determinar el grado de afectación de la participación federal en el régimen de Distribución de Recursos Fiscales, etc.

     Hasta la fecha, nada se sabe, ni de parte del Juez de la causa, ni del Fiscal interviniente.

     El 29 de abril de 1996 el diario El Liberal reseñaba: “En el plan Social Educativo se invirtieron 5.000.000. Grave demora en una causa judicial ” Había pasado mas de medio año desde que se iniciara la investigación y aun la justicia no había determinado el destino dado a la voluminosa partida enviada por la Nación para la construcción de escuelas. En la misma se encuentran comprometidos ex funcionarios, empresarios de la construcción y contratistas. En la causa en cuestión se sospecha del ex titular de la Dirección de Arquitectura Ricardo Sandrone y sus colaboradores.

     Hace mas de mueve años - mayo de 1995 - un desconocido se presentó por ante la ventanilla del Banco Provincia tratando de cobrar un cheque por 300.000 pesos correspondientes a fondos enviados desde la Casa de Santiago en Buenos Aires, mediante un procedimiento irregular con la cuenta corriente de un comerciante del medio que por ese entonces, tenia un descubierto de mas de 7.000 pesos.

    La maniobra fue advertida por los empleados del entonces Banco de la provincia, aunque el Gerente General Rodolfo Poma autorizó el pago de trescientos mil pesos a Raúl Oliva a través del comerciante Darío Seleme. Cuando la cuestión tomo estado publico, Poma desapareció de la provincia, recalando como “asesor” en la Casa de Santiago, por entonces, a cargo de Gustavo Guastavino.

    Una abogada del foro local, interpuso una denuncia por tentativa de defraudación, abuso de autoridad, y asociación ilícita contra Oliva, Seleme y Poma, que fue a recalar en el Juzgado de 4ta Nominación, sin que se conozca actividad alguna tendiente al esclarecimiento del caso.

     Hasta la fecha nadie conoce la cantidad de dinero manejado mediante procedimientos mas que irregulares por Raúl Oliva en concepto de “viáticos” y otros rubros, quien pese a no tener designación alguna en el área de la administración provincial, se paseaba por la casa de gobierno y en especial por los pasillos del Banco provincia, como Juan Schiaretti por su casa.

     A mediados de julio de l996, Carlos Juárez, analizaba con el entonces Presidente de la Corte Suprema de Justicia Julio Nazareno una acción de amparo y la solicitud de una medida cautelar por la deuda dejada por la Intervención Federal. La acción reposó sobre el art. 43 y concordantes de la Constitución Nacional reformada, solicitándose el cese de la conducta lesiva e ilegitima de la Nación por los efectos económicos del gobierno de la intervención dispuesta en la provincia por Ley No. 24.306.

     En la presentación el ex gobernante solicitó se declaren inconstitucionales las leyes 6.024, 6.025, 6.032, 6.083, 6.119, 6.125, 6.136, 6.138, 6.142, 6.194, 6.196, 6.212, 6.214, 6215, 6.221, 6.229, 6.239, 6.240, 6.244 y 6.245, que fueran dictadas por el Interventor por que afectaban indefinidamente el patrimonio provincial y su futuro institucional.- El ex Gobernador Juárez dejó en claro que: “esas decisiones consistieron en la toma de créditos millonarios con garantía de los recursos de Coparticipación Federal de impuestos cuyo descuento mensual por tal motivo ha llevado a la actualidad a una situación de secases económica que impide la prestación en la provincia de los servicios esenciales que le son irrenunciables ” asimismo aseguró que: “ esos compromisos asumidos por el ex interventor federal fueron al margen de la legislación provincial y se concretaron en un marco de clara violación a dispositivos concretos de la Constitución provincial lo que torna a los efectos económicos de tales medidas en responsabilidad del Estado Nacional ”

V)- SE DEBEN MAS DE 324 MILLONES DE PESOS

     Mientras continuaban las marchas contra marchas entre Juárez y Schiaretti se conoció un informe oficial del Ministerio de Economía de la Nación en donde se reveló el monto de la deuda financiera que mantienen las provincias con el Poder Central, determinándose que Santiago del Estero adeuda 324 millones de pesos. (diario El Liberal 7/1/97)

     El cuestionado y archi denunciado ex Ministro de Economía José Trejo, manifestó que “se trata de la deuda financiera heredada de la gestión de la Intervención Federal y que motivó gestiones del Gobernador Juárez ante el gobierno central requiriendo que sea el gobierno federal el que se haga cargo de los prestamos obtenidos por la administración de Juan Schiaretti”. Asimismo el Ministro informó que: “ hasta el momento la administración de Juárez pagó 33 millones de pesos sobre los 209 millones que heredó de la intervención federal ”

     Es decir que en poco menos de un año y medio el gobierno de la Intervención Federal, logró endeudar a la provincia, por cifras astronómicas, sin que se sepa el destino que tuvieron los dineros generados mediante empréstitos, prestamos y aportes del Tesoro Nacional, con aplicación especifica, pero nunca aplicados al destino por el cual se giraron.

     También se conoció la noticia de que el gobierno nacional asumiría la deuda dejada por el Intervención Federal, lo que vino a confirmar lo que desde estas paginas veníamos denunciando. La sociedad santiagueña a poco de anoticiarse de la decisión de las autoridades nacionales, no tardó en razonar como la lógica indica, pues si ellos los mandaron, son ellos los que deben hacerse cargo de los desmanes denunciados, lastima que la justicia nunca asumiera su rol. Es decir que todo permanece en la total impunidad.

     Cambiando el orden informativo, también cabe reseñar que resultó ampliamente difundida la denuncia relacionada con el despilfarro en que incurrieron los funcionarios intervencionistas con los dineros provinciales (ver La Columna No. 101) en donde una historia de drogas, alcohol y prostitución fue revelada por una de sus colaboradores, quedando al descubierto lo que fue una de las gestiones gubernamentales mas bochornosas y palaciegas que tuvo que soportar la provincia.

    Nestor Gambarte, que tuvo a su cargo la coordinación de la juventud peronista mientras duró el flagelo de la intervención, fue el denunciante, aclarando que debe su cargo a gestiones de una tía diputada por Jujuy con el entonces Ministro Eduardo Fellner, oriundo de esas tierras, el que le ofreciera un cargo de Secretario, que el denunciante se negó a aceptar.

      En un pasaje del reportaje realizado al entonces Director de Deportes y Turismo Social - designado por Enrique Bertolino - éste también se preguntó: Donde esta la plata...?: Eso lo sabe Schiaretti y lo saben los funcionarios del gobierno que tenia en ese momento, que no son de aquí, son todos de Córdoba y de Buenos Aires” (sic) Quienes eran los funcionarios ? -preguntaba el reportero-

“de las fiestas negras participan Schiaretti, Anselmo Castro, Oraldo Senn, Gutiérrez, Nicolás Hunike, Norberto Sampó, Eduardo Fellner y su Secretaria una joven de 22 años y su cuñado Fernández... ellos tenían actitudes desquiciadas con respecto a las chicas... iban sobrios y salían tambaleando como con una especie de borrachera... Schiaretti hacia exactamente lo mismo.... Las chicas tenían 18 o 19 años...”

     Era en la finca del Interventor y en la casa de Seen de la calle Andes. Contrataban prostitutas y mujeres que trabajaban con la Intervención. Había coimas y los responsables eran Hunike y Seen...”.

     Mas adelante el denunciante expresaba su disposición para declarar ante quien se lo solicitase, incluido la Cámara de Diputados. “Yo quiero que se investigue todo lo que denuncio y quiero que caigan los que le hicieron y le hacen mal a la provincia...? ”

     Al fin, como es de suponer, ni Juez, ni Fiscal, se enteraron de las denuncias publicas que este medio publicitara

VI)- Y EL CHEQUE DE CIVALLERO...?

     En cada oportunidad en que se hace mención del paso de la Intervención Federal por esta provincia, nadie deja de preguntarse por el entonces emblemático y famoso cheque por 263.000 pesos que fuera pagado en la ventanilla No. 21 del entonces Banco de la Provincia, supuestamente cobrado por Don Miguel Pedro Civallero y que generara un escándalo periodístico de proporciones.

      La causa, como se recordará tramitó por ante el Juzgado del Crimen de 5ta Nominación, por entonces a cargo del tantas veces denunciado Rubén Lafouret, pasando antes de su archivo, por la manos de otro de los jueces del hecatombe intervencionista, que será recordado como el colmo de la inutilidad y el desconocimiento del derecho, por lo que fue también reiteradamente denunciando, Luís María Argañaraz.

     Precisamente sobre este tema, nunca esclarecido, se expidió el denunciante ex funcionario de la Intervención, cuando expresaba: “ con el robo del cheque donde estuvo involucrado Civarello. Lo que no entiendo es como Schiaretti puede justificar una cosa así por que eso es real y es así. Civarello estuvo involucrado en eso y el fue el artífice. Evidentemente no lo reconocen algunos jueces que estaban en ese momento como Lafouret que se hizo cargo del sistema de investigación. Cómo no va ha reconocer si los cheques están firmados por Civarello y quisieron cobrar particulares en el Banco Provincia.? ”

“ Civarello no tenia nada cuando vino para acá y se compró un auto cero, otro vehículo nuevo en Córdoba y en eso viajaba. Un día trajo un Renault 21 y otras vez vino en un Peugeot 505... El día del robo hablé con el Secretario de Fellner de apellido Fernández, cuñado de el y me dijo que no pasaba nada... después me entere que robaron 260.000 dólares. ”

    UD. cree que hubo dinero que llegó a la provincia en negro...? - requirió el periodista - “ Si, porque Yo soy testigo - replicó el denunciante - En abril me llamó Ernesto Sampó y me dijo: Nestor necesito que en hagas un favor... que vengas a retirar 40.000 dólares por el tema de la campaña de Bertolino. Bertolino sabe todo esto...? - se le requirió - Exactamente.”

     Un diputado nacional, no hace mucho, amenazó al ex Ministro Cavallo con revelar el estado de sus cuentas en Suiza las que ascenderían a un poco mas de 50 millones de pesos.

      A Jorge Aladio, ex funcionario de Schiaretti, le descubrieron varias cuentas en el mismo país y a la fecha no dio respuesta al origen de las mismas.

     Otro de los fuertemente sospechados es el inefable Jorge Busti, ex dependiente de Schiaretti, a quien se le atribuye la posesión de fondos espurios en ese mismo país, a través de la gestión de un “ presta nombre ” que cumple funciones bajo sus ordenes en la gobernación de Entre Ríos.

    Quizá por ello, cuando se conoció esta noticia, el actual gobernador entrerriano no tardó en instalarse en ésta provincia acompañado de una considerable cantidad de “patovicas” para aclarar su delicada situación, sin que se conozca hasta la fecha, la razón de tanto cuidado, cuando ya se había allanado su camino merced a los buenos oficios de los nostálgicos que tuvo a su cargo cuando fue Ministro de Gobierno de la Intervención.

    Resulta paradójico que todos estos foráneos ex funcionarios, que asolaron las cuentas publicas provinciales, gocen de buena salud y continúen en libertad, ajenos e indiferente a las tantas causas judiciales que los involucran y que como la Cenicienta espera de alguien que las despierte del largo sueño que las contiene.

     En la justicia local, como en la federal, en nuestra Provincia, las denuncias realizadas en contra los ex interventores, no han logrado aun saciar las expectativas que habían generado en su momento.

     Entre las mas conocidas que todavía se recuerdan se puede citar : “ Brevetta Rodríguez contra Fellner, Lafouret, Rodríguez, etc” , “Uñates contra Angela Ledesma, Totaro de Cianferoni y otros”, Gonzalo Miranda, contra Schiaretti, Ledesma, Pediconi, Lafouret y Ledesma”, “ Francisco Cavalotti contra Schiaretti y otros” entre las mas conocidas sintetizan un largo rosario de denuncias que, inexplicablemente aun no encuentran el curso de su tramitación. Nadie se explica la razón por la que el señor Rubén Lafouret, que fue citado en tres oportunidades a prestar declaración en el Juzgado de Crimen de Primera Nominación a cargo del ex Juez Gómez, se dignara a dar una razón de su prolongada ausencia.

     Tampoco se sabe la razón por lo que este mismo Juez no imputó, ni requirió a la ex titular del STJ, Ángela Ledesma, quien se encuentra denunciada por privación ilegal de la libertad, por citar algunos casos.

    Juan Schiaretti y su lamentable banda de impunes saqueadores, colocaron a esta provincias al borde del colapso financiero. Llegaron con el compromiso de sanear las cuentas publicas que se encontraban en desfasaje y nada mas que para ello. Sin embargo se fueron cargando la repulsa de la población, pero con las arcas llenas de dinero espurio, que no les pertenecía, pues eran los dineros del pueblo.

VII) EL PACTO JUÁREZ –SCHIARETTI... ?
Carlos Arturo Juarez: el socio del silencio

    Mucho se comenta todavía que cuando Juárez reasumió el poder en 1995 y se encontró con las arcas vacías, realizó un necesario pacto de impunidad con el elenco del ex Interventor, sobre el acuerdo de: dinero a cambio de silencio o cárcel para todos los ladrones. De otra manera no podemos explicarnos porque ante tanta denuncia en contra del Interventor, ninguna de ellas halla prosperado en ninguno de los fueros intentados. Pero ni Schiaretti, ni el propio Juárez, llegaron a imaginar que con el tiempo llegaría una nueva Intervención para investigar, lo que pensaron, nunca trascendería sobre el control ejercido por ellos mismos. De no haber existido el pacto de impunidad, Juárez no habría podido avanzar en su gestión de gobierno y Schiaretti y su banda estarían todavía presos, conjuntamente con sus cómplices intelectuales que disfrutan de las copiosas cuentas en el exterior fuera del alcance, por ahora, del brazo de la justicia.

     Así las cosas tenga presente V. E. que la presente denuncia solo aspira a poner las cosas en su lugar, a que se realice una adecuada investigación de los hechos referenciados, que todos conocemos por ser de publico y notorio, como una manera de transparentar la gestión que la ley y el pueblo les ha encomendado.

OFRECE PRUEBA

    Que, como prueba de los hechos reseñados estoy acompañando un compendio de recortes pertenecientes a distintos medios de prensa, tanto nacionales como provinciales, ello unido a los sumarios obrantes en distintos Juzgados que se encuentran paralizados, sin sustanciación a la espera de su prescripción.-

P E T I T O R I O

     En virtud de los hechos reseñados y de la prueba documental que se acompaña, que resulta ser de publico y notorio, para la ilustración de V.E. es que pido:


1-Me tenga por presentado y con el domicilio denunciado, y por presentada la prueba ofrecida, a sus efectos.-

2- Se proceda, conforme a la urgencia que los hechos requieren, a la acumulación de las causas que se encuentran archivadas y/o en tramitación que resulten análogas con los hechos ut-supra referenciados.

3- Se libre oficio por ante los juzgados federales de Santiago del Estero y la Capital Federal a cargo de los Dres. Toledo, Urso y Oyarbide quienes tienen conocimiento de cuentas bancarias radicadas en el exterior pertenecientes a los denunciados, para que se informe en relación a las mismas.-


                                 SERÁ JUSTICIA


Cargo de la denuncia impetrada



lunes, 30 de marzo de 2026

EL HOSTIGAMIENTO EN LA LEY DE DEFENSA AL CONSUMIDOR

Miguel A. Brevetta Rodríguez


I- Introducción.

El verbo "hostigar" puede ser conjugado e interpretado desde varios significados, ya sea  molestar o perseguir a alguien insistentemente, con presiones, contradicciones o de otras maneras similares. También cuando se refiere a incitar o apremiar a alguien con insistencia para que haga algo. 

El hostigamiento comprende una extensa gama de procederes ofensivos. Normalmente se entiende como una conducta destinada a perturbar o alterar a otro. Según la RAE, hostigar es molestar a alguien o burlarse de él insistentemente. En el sentido jurídico, es el comportamiento que se localiza como amenazante o perturbador. Ocurre cuando la violencia proviene de alguien con cierto poder. 

Aunque la Ley 24.240 (Ley de Defensa del Consumidor) y sus modificatorias no definen explícitamente el término "hostigamiento", este se encuentra implícito en el artículo 8 bis, incorporado por la Ley 26.361, que garantiza el derecho al trato digno y equitativo. Este artículo prohíbe expresamente las prácticas abusivas, incluyendo conductas que coloquen a los consumidores en situaciones vergonzantes, vejatorias o intimidatorias. La jurisprudencia ha interpretado el hostigamiento, como un agravante en las conductas de ciertos acreedores que, aprovechando su posición dominante, afectan a quienes entablaron una relación de consumo.

También el termino hostigamiento, es entendido como una actitud de acecho del proveedor hacia el consumidor, que produce una afección negativa sobre la salud física y psicológica, arremetiendo contra el fuero íntimo de la persona.

Esta afrenta constituye un daño directo[1] que, al comprobarse, justifica un resarcimiento, incluso sin necesidad de probar el daño psicológico. La conducta hostigadora, excede el mero destrato y lesiona la dignidad e integridad moral del consumidor, estableciendo un acoso sistemático que quebranta el deber contractual de preservar el respeto debido a la parte débil de la relación[2]

.Son numerosos los fallos que reflejan este prepotente comportamiento al que son sometidos los usuarios durante el trato contractual, que debiera adecuarse a las reglas de la normal convivencia, como ocurre a diario entre quienes ejercen la actividad comercial, sin embargo, asombra el proceder negativo en que incurren, especialmente las grandes empresas -que se aprovechan de su posición dominante- en contra del usuario que resulta acorralado por la actitud persecutoria de su acreedor.

El hostigamiento, traducido como una actitud de acecho del acreedor hacia el consumidor, le produce una afección negativa sobre su salud psicofísica, que arremete contra el fuero íntimo de un ser humano, lo que implica un daño que, al comprobarse, debe ser reparado independientemente de la existencia de otros daños.

Esta afrenta es suficiente para configurar un resarcimiento extra tarifario,  ya que excede la vinculación que pudiera existir entre los hechos injuriosos e indecorosos, siempre imputados al comerciante, como el excesivo mal trato, al lesionar la dignidad e integridad moral de la parte débil en la relación.

Esto se configura como un acoso direccionado hacia el consumidor creando entre las partes un vínculo hostil , que encaja dentro del ejercicio abusivo de los poderes que ejerce la parte activa, al violentar el deber contractual de preservar y guardar el debido respeto a la dignidad de los consumidores.

II- La acción de hostigar

También se hostiga mediante la realización de proposiciones de todo tipo, amenazas de las más variadas y hasta la contratación de cobradores disfrazados que persiguen al deudor en todo tiempo y lugar, o el empleo de propaladoras estridentes que anuncian el domicilio en donde habita el deudor moroso:

° Comunicaciones reiteradas por medios telefónicos, electrónicos o de mensajería instantánea.

° Remisión simultáneas de mails.

° Haciendo abuso del envío de acechanzas por correo electrónico.

° Mensajes sucesivos mediante whatsApp,

° El envío de cartas abiertas para que trascienda el contenido

° Las intimaciones de los estudios jurídicos.

° Llamados a familiares o empleadores enterándolos de la situación que afecta al      usuario.

Atento a que quien cumple el rol de consumidor lo hace en los términos del Art. 1 de la Ley 24.240, cuyo objeto del negocio es la adquisición de un servicio a título oneroso, siendo su utilización con carácter de destinatario final, el proveedor queda sometido a la ley referenciada, que es de amparo constitucional, con una clara pauta interpretativa al establecerse- como ya lo expresamos- en los términos del art.42 de la CN que constituye el principio protectorio de los consumidores y usuarios.

La ley es clara, cuando se refiere a la suma de los derechos y obligaciones de las partes contratantes, es por ello que no se pueden soslayar las prohibiciones expresas, en especial, las “prácticas abusivas, pues los proveedores deberán garantizar condiciones de atención y trato digno y equitativo a los consumidores y usuarios. Deberán abstenerse de desplegar conductas que coloquen a los consumidores en situaciones vergonzantes, vejatorias o intimidatorias...[3]

Cuando el deudor incurre en mora en el cumplimiento de sus obligaciones, el acreedor puede realizar los reclamos extrajudiciales que estime pertinentes en procura del cobro de la deuda, sin perjuicio, de entablar las acciones legales correspondientes, pero todo tiene un límite, que surge cuándo deja de ser un reclamo legítimo, para convertirse en un hostigamiento para el deudor, en especial, cuando incluyen deudas ya prescriptas, o que ya fueron abonadas.

También cuando se realizan reclamos extrajudiciales de deudas, el acreedor debe abstenerse de utilizar cualquier medio que se pueda interpretar como un reclamo judicial ya que esta actitud coloca al infractor en condiciones de que se aplique la multa civil establecida en el artículo 52 bis de la normativa citada, ello sin perjuicio de otros resarcimientos que correspondieren al consumidor, siendo ambas penalidades extensivas solidariamente a quien actuare en nombre del proveedor, ello así porque si se incumple: "los daños consecuentes deben Indemnizarse, aun sin prueba específica, pues cabe presumirlos si las circunstancias del caso así lo justifican[4]

La conducta que estamos describiendo surgirá de la valoración integral de la prueba,  si se acredita el ejercicio de un hostigamiento sistemático en el intento de cobros, con o sin causa, que en la mayoría de los casos, sucede debido a la falta de información del consumidor, al soslayarse los deberes a cargo del acreedor como el de la debida información y posteriormente de trato digno,[5] ello sumado al principio de buena fe que debe imperar en toda relación contractual,[6] razón más que suficiente para que se responda por los daños y perjuicios causados [7]

En la era digital, el hostigamiento también se manifiesta a través de prácticas como el envío masivo de mensajes automatizados o la publicación de datos personales en plataformas públicas, lo que agrava la transgresión de la privacidad y la dignidad del consumidor. Estas conductas, aunque realizadas en entornos virtuales, también son sancionables bajo la LDC. 

III- El deber de informar

Es importante destacar que en estas situaciones, que crean confusión en losl consumidores, se debe advertir que el hostigamiento se perfecciona, cuando la parte afectada desconoce o duda de la causa que lo incrimina.

El derecho a la información, se erige como un deber fundamental que le es debido al usuario en toda la relación de consumo, coincidiendo doctrina y jurisprudencia en que su violación, genera responsabilidad por los daños causados.

Por ello destacamos que: "... La información es fundamental en todas las etapas de la negociación, desde los preliminares hasta la extinción del contrato; la información, es un bien que tiene un valor jurídico y consecuentemente protección jurídica. Se interrelaciona el derecho a la información con el derecho a un trato digno, ambos con reconocimiento constitucional, dado que el derecho a la información también es recibido por el artículo 42 CN, apareciendo como un elemento nivelador de las relaciones interpersonales y como herramienta para el ejercicio de los restantes derechos" [8]

En ese sentido se dijo que: "... el fundamento del deber de informar es la buena fe, por cuanto su objetivo es comunicar debidamente determinada información que la otra parte desconoce, y aún, en algunos casos, hasta asesorando, aconsejando o advirtiendo. De tal forma, su cumplimiento se constituye en un presupuesto necesario para la debida formación del consentimiento que llevó a las partes a contratar de determinada manera.." [9] esto constituye entonces una obligación de resultado. Por lo que: “debe ser valorado asimismo teniendo en cuenta el principio de las cargas probatorias dinámicas, que rigen en las relaciones de consumo y que implica que quien debe probar es la parte que se encuentra en mejores condiciones de hacerlo, es decir el proveedor [10]

La jurisprudencia ha interpretado que  el hostigamiento es una práctica abusiva que vulnera el trato digno y equitativo, afectando la dignidad, tranquilidad o integridad psíquica del consumidor.

Nuestros tribunales han identificado –al margen de las ya reseñadas-  conductas y comunicaciones reiteradas, acusaciones públicas sin fundamento, contacto con terceros o inclusión indebida en bases de datos de morosos, como formas de hostigamiento, sancionables con indemnizaciones por daño directo, daño moral o daños punitivos, estos últimos regulados en el artículo 52 bis de la LDC, no solo buscan reparar el daño sufrido por el consumidor, sino también sancionar y prevenir conductas graves por parte de los proveedores, especialmente en casos de hostigamiento sistemático que vulnera los derechos fundamentales del consumidor

Lo mismo ocurre con las acusaciones públicas de hurto sin fundamento, realizadas por personal de seguridad en los establecimientos comerciales, lo que constituye una forma de hostigamiento encubierta, conductas vejatorias que afectan la dignidad del consumidor y generan responsabilidad solidaria del proveedor y sus contratistas.

IV- En suma

Conforme lo reseñamos supra, el hostigamiento en las relaciones de consumo, aunque no definido explícitamente en la LDC, es una práctica abusiva que vulnera tanto el trato digno y equitativo como el deber de información, es decir que alcanza a cualquier conducta que perturbe la tranquilidad, dignidad o integridad psíquica del consumidor, incluyendo comunicaciones reiteradas, acusaciones vejatorias o presión indebida.

Se debe tener en cuenta que el derecho del consumidor constituye un microsistema, que gira dentro del derecho privado, con base en el derecho constitucional. Y “por lo tanto, las soluciones deben buscarse, en primer lugar, dentro del propio sistema, y no por recurrencia a la analogía, ya que lo propio de un microsistema es su carácter de autónomo, y aún derogatorio de normas generales, lo que lleva a establecer que el sistema tuitivo del consumidor está compuesto por la Constitución Nacional, los principios jurídicos y las normas legales infra constitucionales" [11]

Así, “todo ello debe interpretarse armoniosamente con el resto de los microsistemas subsistentes del derecho privado, junto a la LDC y al nuevo CCyC [12]

Los fallos citados demuestran que los tribunales sancionan estas prácticas con indemnizaciones por daño moral, daño directo, daño sicológico, daño emergente y, en casos graves, daños punitivos, reforzando la protección constitucional del usuario, a ello se suma la aplicación de las cargas probatorias dinámicas y el principio de buena fe, que obligan al proveedor a demostrar el cumplimiento de sus deberes, haciendo del hostigamiento, un agravante que justifica respuestas jurídicas contundentes.

* Publicado Revista La Columna Edición No. 1647 28 de agosto 2025

REF:

[1] Ver art. 40, Ley 24.240

[2] Ver alcance al principio protectorio del artículo 42 de la Constitución Nacional

[3] Art. 8 bis de la ley 24.240.-

[4] CNCiv., Sala J, 11/3/97, "Fracchia, Francisco E. y otro c. Pirolo, Nicolás", La Ley, 1997- E- 978 y DJ, 1998-3-421)

[5] (Arts. 4, 5, 8 y 8 bis LDC)

[6] -Art. 9 y 961 del CCCN-,

[7] Arts. 42 CN, 4, 5, 8, 1092, 1093, 1094, 1095, 1097,1100, 1103 del CCC.

[8] (PICASSO, Sebastián y VAZQUEZ FERREYRA, Roberto, Ley de Defensa del Consumidor comentada y anotada, 1a ed, Buenos Aires, La Ley, 2009).

[9] Conf. C.A.V, en autos caratulados Baldissin Fernanda E. c/ Plan Fiat - ROT Automotores s/ apelación - 04/06/2.014.

[10] conf. STJ SE.145/19 "COLIÑIR"), y en el caso de autos, recayendo sobre la demandada este especial deber de colaboración en el esclarecimiento de los hechos litigioso (art. 53 LDC.

[11] Wajntraub, Javier H, "Régimen Jurídico del Consumidor Comentado" - cita n° 51, p. 34. Rubinzal - Culzoni Editores.

[12] arts. 7, 985, y ss., 1092, 1093, 1094, 1095, 1096 y ss., 1117, 1118, 1119, 1122 ss. y cctes..