viernes, 12 de octubre de 2018

EL ADIOS PARA LOS PODERES POR ESCRITURA PÚBLICA…


Por Miguel A. Brevetta Rodríguez



             A partir de la entrada en vigencia del Código Civil y Comercial, si el objeto del mandato es la representación en juicio, ya sea por poder general o especial y al sólo efecto de ejercer los actos procesales necesarios, resulta suficiente con la manifestación de la voluntad de la parte otorgante de ser representada por el letrado, sin que sea necesario su otorgamiento a través de una escritura pública y sin que corresponda exigir, como un resguardo adicional, que la parte ratifique la firma del documento ante un Secretario judicial. (Sciatore, Diego Martin y otro vs. Rossini, Estela Laura y otros. Daños y perjuicios /// Cámara Segunda de Apelación en lo Civil y Comercial Sala II, La Plata, Buenos Aires; 16-06-2016, RC J 3374/16 )

  Con la sanción de la Ley Nº 26.994 que pone en vigencia el Nuevo Código Civil y Comercial Unificado y que reemplaza al ex Código Civil aprobado por la Ley Nº 340 como al Código de Comercio aprobado por las Leyes Nº 15 y 2.637 con la excepción de pocos artículos, tenemos en circulación un nuevo corpus civile del que se dice, llegó para dejar atrás formalidades superadas por el transcurso del tiempo, es decir que vino a modernizar el compendio de normas que regulan la vida civil de los argentinos.

Con la reforma del  viejo art. 1184 que exigía en su inc.7) la confección en escritura pública de los poderes generales o especiales para presentarse en juicio, se cae una antigua exigencia que ha generado en la historia de la labor judicial, multiplicidad de interpretaciones, previo a aceptarse los requisitos de la formalidad.

Las representaciones por “derecho propio” con firma de letrado, venían superando con creces a las tradicionales que se presentaban ante los estrados tribunalicios con el tradicional “poder general para juicios”, seguramente a causa de los principios de celeridad y economía procesal que tanta falta hacen en la actualidad.
Sea cual fuere la razón, la manda que imponía el articulo reformado, fue quedando en desuso, un hecho estadístico que fue observado por el legislador.

Con la llegada de la libertad de formas (Sección 3 Forma y Prueba del acto jurídico. Arts. 284/285/363/1319) el cliente o poderdante determina de aquí en más, con absoluta libertad, las nuevas reglas de su mandato, salvo los casos en que la “escritura pública” sea exigida por imperio de la ley. (art.363)  
Es decir, cuando el instrumento de poder, debe cumplimentar las mismas solemnidades que el ordenamiento jurídico requiere, para el acto que el apoderado va a realizar en nombre del poderdante.
“La forma en que deba realizarse el apoderamiento estará dada por el acto que el representante deba realizar, de modo que ata la suerte de la formalidad del poder a aquella prescripta”  (Álvarez Julia, Luis y Sobrino Reig, Ezequiel, en Código Civil y Comercial de la Nación comentado, dirigido por Julio César Rivera y Graciela Medina, L. L., Buenos Aires. 2010 T I, p-811).

Así, que con la reforma de referencia, para el caso que el mandante solicite ser representado en juicio, resulta suficiente con la manifestación de la voluntad de la parte otorgante, de ser representada por el letrado, sin ser necesario el otorgamiento de ella a través de una escritura pública (Cfme. Cám. Civ. Dolores; Causa 95004; RS 8/2016 del 11/02/2016; voto de la Dra. Canale).

Por otra parte, no podemos perder de vista la vieja normativa del Código Procesal Civil y Comercial de las Provincias,  - para este caso- La Ley No. 6910 y mod., dictado dentro del marco de la autonomía que ésta posee (arts. 75 inc. 12, 121 de la Constitución Nacional).  En el Capítulo II de la Representación procesal  Arts. 49 50, 51 y sig., todavía exige, para casos determinados,  la presencia de la escritura pública  en consecuencia del articulo derogado.

No es conforme a derecho que los dispositivos de la norma procesal local se interpongan con la ley de fondo. Digamos que la provincia carece de poder para interpelar una regla de carácter operativo, que no requiere de reglamentos, ni técnicas de interpretación, por lo que modificado el código de fondo, el ritual –en ese punto determinado-  pierde su razón de ser. De otra manera, mal puede interpretarse, que una norma local, no cede ante la ley de fondo, hasta que no se reformada o adaptada.

¿Y con la reforma, cuál sería el rol de abogado en el ejercicio de la profesión? Simple. Estará al mandato que le conceda la parte a quien representará, pero sin que ésta deba otorgarle un poder mediante escritura pública, como lo exigía el código viejo.
Atento a la libertad de formas introducida por la reforma, la voluntad del mandante no requiere de formalidad alguna, ni siquiera la certificación de su consentimiento, por parte de actuario, ni autoridad judicial, ni policial.

Así es como el abogado tendrá a su cargo la confección de un instrumento que le determine los alcances de su gestión, asumiendo la responsabilidad sobre el quantum que representará.  
Pareciera que el legislador en su afán de modernizar las instituciones, avanzó sobre la teoría de la inexistencia de derechos absolutos, toda vez que: “la libertad de formas es un principio fundamental para asegurar que la voluntad de los otorgantes, salvo casos excepcionales, no quede prisionera de formalidades rituales que, en su afán de resguardar la expresión de esa voluntad, terminan paradójicamente impidiendo su cumplimiento" (Cfme. "Código Civil y Comercial, Comentado, Anotado y Concordado -Modelos de Redacción Sugeridos-", Coordinador Eduardo Gabriel Clusellas, Ed. Astrea y Ed. Fen Editorial Notarial, Buenos Aires-Bogotá 2015, T° 2, pág. 95/96).
Ello así, sin realizar advertencia alguna sobre posibles situaciones que el exceso de libertad, podría traer consigo en el plano de las interpretaciones sobre lo que quiso o no, decir el mandante.

De aquí en más nos acostumbraremos a observar al abogado, ejercitando un nuevo rol en la profesión, cargando formularios o instrumentos de “poder general o especial” en los bolsillos, lo que seguramente a los Escribanos, no le hará ninguna gracia.


Publicado Rev. La Columna, 18/10/2018.-

jueves, 27 de septiembre de 2018

CUANDO EL PROGRESISMO MUESTRA LA HILACHA

Nota Publicada 12/9/2011

            En nota editorial de la fecha, el diario La Nación expresa  que: “ La diputada porteña del bloque Encuentro Popular para la Victoria, María José Lubertino (abogada recibida con medalla de oro en la Universidad Católica Argentina), antes de que se acallaran los ecos de su propuesta de repartir preservativos en las escuelas, ha presentado otro proyecto de ley en la Legislatura de la ciudad, con el fin de que se prohíban todos los símbolos religiosos en los edificios públicos y se supriman los ya existentes, con la sola excepción de los cementerios y los hospitales, "en tanto se encuentren en un espacio reservado y se garantice la multiplicidad de credos". (1)

Para quienes no la conocen, se trata de una bella mujer que desde joven militó en las filas de la UCR y desde allí –con el equilibrio de un canguro- saltó hacia diversos espacios de opinión, como por distintos partidos políticos de tinte, digamos filo-progresistas.

No es la primera vez que Lubertino es mencionada en un recorte periodístico, digamos mejor que es reconocida como una suerte de abonada a las noticias se corte sensacionalista o inverosímiles, ya que causan más estupor que admiración, en cada oportunidad que abre la boca para opinar o publicitar algún proyecto de su autoría.

Una trayectoria de permanentes contradicciones e inocultables insatisfacciones jalonan su carrera. Desde su prédica de egresada de la  Universidad Católica Argentina a su postura anticlerical, pasando por sus adhesiones a casi todo el mapa político nacional, caracterizan su desempeño como el de un  personaje poco serio.

No existe peor zoncera en el ámbito de la política que la invocación de la propia torpeza, que es lo mismo que hablar de los propios yerros, para que se cumpla el dicho que dice: “En política del ridículo no se vuelve”. 
La tendencia maniquea del “progresismo a toda costa”, agudiza la observación de quienes no adherimos a esa postura, por lo que debieran evitar “escupir para arriba”, así no sufren las consecuencias y de paso – como decía mi abuela- no muestran la hilacha.

Las acciones que conllevan a “prohibir” o “suprimir” lo ya existente, resultan impropias, en contradicción evidente con  la llamada “tendencia progre” que vocifera sobre la implantación de  libertades sin límites sin que les importe que nuestra Constitución Nacional en su art. 14 prevé las “leyes que reglamentan su ejercicio.

Sin dudas el proyecto de Lubertino ofende a muchos más, que a quienes podrían resultar beneficiarios de su antojadiza iniciativa. Lo que en verdad extraña, es que la legisladora con esa mentalidad fuera gratificada con el voto ciudadano, que no hace mucho fijó una postura diametralmente opuesta.

Recuerdo que hace más de treinta años, cuando catedrático (2), con el acuerdo de todos los alumnos del último curso - previa consulta con las autoridades escolares- mandamos a construir crucifijos artesanales y los hicimos entronizar en las aulas de los quinto año como símbolo de la fe y la devoción cristiana.

Lo hicimos en ejercicio de la plena libertad, con la conformidad de un acuerdo ajeno a las mezquindades individualistas, sin una sola objeción que diera lugar a un acto discriminatorio.  Es más, lo hicimos en completo silencio, cuando sabíamos que estábamos gestando una noticia en proyección. 

Hoy resulta que una “iluminada” con patente de impunidad,  pretende – mediante un simple proyecto de ley-  echar por tierra un sentimiento milenario, que no pretende otra cosa que la realización del Ser humano en el ámbito de su excelsa dignidad.


Fuente:
1-  Editorial Diario La Nación, 12/09/2011.-
2-  1980 Escuela Nacional de Comercio  en Termas de Rio Hondo (S del E)


jueves, 6 de septiembre de 2018

OTRO OTOÑO IMPERDONABLE.

Nota editorial del  24 de junio de  2008 .                           
       
                                                


                     Lo que nos dejó el otoño de 2008 en la Argentina pasará sin dudas a integrar la galería del espanto cuando pasen algunos años y se tenga como un hecho de referencia lo acontecido a lo largo de 100 días de pulseadas, dimes y diretes, entre el Poder Ejecutivo Nacional y los referentes del campo argentino.
Sin duda se trata de un suceso inédito en la historia política argentina, es más, ya que no resultaría desafortunado calificar este hecho como insólito, en atención a los efectos nefastos provocados en el ámbito social y económico, los que se mantendrán por un tiempo imprevisible.

¿Dónde se ha visto que las cabezas visibles de un Estado en pleno, salgan a disputar fuerzas de igual a igual, con un sector de la sociedad, produciendo un desfasaje inusitado en los parámetros de la convivencia en paz, que debiera estar precisamente garantizada por ese Estado, que es parte en el conflicto?

Lo que constituye un acto gubernamental, de naturaleza eminentemente política, ha provocado el alzamiento en pleno de un sector de la producción que se dice afectado por una suerte de "impuesto" distorsivo, que según lo acredita reiterada jurisprudencia de la CSJ. tendría alcance confiscatorio por exceder el limite de la razonabilidad. ¿Es un acto válido?

Cortes de rutas nacionales y provinciales, quema de pastizales en el otoño -léase hierbas verdes- que producen una humareda incontrolable que afecta la salud de la población. El ya conocido desabastecimiento, pero esta vez de todos los productos vitales para la subsistencia, falta de trabajo y producción, desempleo en todos los rubros. Una economía "congelada" que necesitará un buen tiempo para rehabilitarse, ha dejado entre otras cosas, una herida sangrante entre el pueblo y el gobierno, puesto a gobernar precisamente por ese mismo  pueblo.

¿Pero, cuál es la razón de tanto desencuentro? Muchos se preguntan sobre las causas, las motivaciones y el resultado de estos acontecimientos imprevisibles que están horadando la credibilidad popular. Y muchas son las respuestas que desde distintas ópticas se hacen sentir, pero que no llegan a consensuar.

Lo tenemos dicho que "manosear" las instituciones socava las estructuras en donde se apoya la República. A diario observamos que están pasando cosas raras dentro de las estructuras del Poder. Esto tiene un origen inmediato cuando hace algunos años, se convalidó concederle poderes especiales a un ministro que se auto tituló "salvador de la patria" y avanzamos tanto que hasta se forzó al Poder Legislativo, para que delegase poderes que le eran propios por imperio de la ley.

Los sabios constituyentes del 53 sabían que estos procedimientos resultan perniciosos y que tarde o temprano desestabilizan el ordenamiento jurídico y democrático, por lo que ab-initio en la carta fundamental, prohibieron expresamente las facultades extraordinarias, como así la suma del Poder público, ambas concesiones contrarias al sistema democrático. Es que no se debe recurrir a prácticas extrañas cuando la ley impone un sentido contrario al rumbo que se pretende imponer.

¿La cultura de la desobediencia y el autismo -involuntario o consentido- ante los reclamos sociales, forman parte de una estrategia política o se ha convertido en un moderno arte de gobernar? 
¿Porqué insistir con posturas irracionales apelando a las bravuconadas en lugar del diálogo civilizado? 
¿Hasta cuándo tirar de la cuerda produciendo ansiedades colectivas cuando estas bien se pueden evitar? 
¿Porqué echar mano sobre "voceros" incoherentes que cobran subsidios escandalosos para producir la irritación generalizada, cuando las cabezas del Poder exhiben una preparación adecuada para la mediación pacífica?

Este otoño sarcástico y bizantino se adelgaza en su final pronosticando más de lo mismo  y ello repercute dañando la sensibilidad del tejido social que no termina de entender que estas cosas nos ocurran a los argentinos.

Otoño imperdonable escribió a fines de la década del 40 una joven poeta que asomaba tímidamente a la escena cultural y gracias a su talento, terminó constituyéndose en la observadora implacable de la realidad nacional de los convulsionados años 60 y 70. 
 María Elena Walsh,  no encontró el perdón, solicitado en su primer libro de poemas. Nosotros tampoco.

lunes, 27 de agosto de 2018

¿A CUÁNTO COTIZA UNA FOTOCOPIA SIMPLE…?


Por Miguel A. Brevetta Rodríguez.

En la película The Gunman (1) el veterano Sean Penn interpreta a un asesino a sueldo llamado Jim Terrier, un hombre de pocas palabras, que frecuentaba a un asesor financiero y tenía la costumbre de anotar en una agenda todos los hechos en los que participaba como espía internacional, sus asesinatos, los muertos, los aviones, los lugares y las ordenes que recibía. Esa agenda, años después fue buscada, por los allí involucrados, que persiguieron al escribiente y casi lo matan.

Veterano Penn, narrador de aventuras
Amanuence Centeno: la pinta es lo de menos









Aquí, en nuestro país, aun no se sabe, si el chofer Oscar Centeno vio ese thriller, pues como se sabe, él también se dedicó narrar en varios cuadernos todas las tareas realizadas conjuntamente a su jefe Roberto Baratta en relación a las coimas, aprietes, amenazas, cohechos etc que en la actualidad tienen a grandes personalidades de las finanzas y de la política, alcanzadas por la vara de la justicia.

Lo cierto es que, a diferencia de la ficción, aquí el contenido de esas anotaciones son una realidad, en donde nadie buscó a nuestro aplicado amanuense para matarlo, sino para desentrañar una trama secreta que esconde miles de millones de dólares sustraídos –más que aparentemente- del erario público nacional.

El posible cabildeo
Nadie cree en esa absurda y elaborada historia oficial, que narra el cómo se conocieron las anotaciones del chofer arrepentido. En realidad, es el hilo conductor de meses de investigaciones de un cuerpo de entrenados sabuesos judiciales, que en completo silencio fueron desenredando la madeja, hasta lograr que esas confesiones escritas se plasmaran como evidencia de un saqueo sostenido en contra de las arcas estatales.

¿Cómo llegaron los manuscritos al escritorio del periodista del diario La Nación? ¿Importa? ¿Cuánto habrá pagado ese prestigioso diario, por la publicación en exclusiva del contenido del prolijo trabajo de… quien sabe quién?

De todos modos, el hecho de que se esté investigando el itinerario del delito que casi está llevando a la ruina a la república, salió a la luz, en el momento preciso, en que nadie imaginaba que una aceitada asociación ilícita, reconocería ante la justicia, sus propios pecados.
La “década ganada” es una frase soberbia que se escucha por ahi, popularizada por los gestores del último gobierno, que navega en dos naturalezas diferentes. Para ellos es, la síntesis de una labor de más de doce años en el poder. Para los otros, es el dinero que acumularon en esa década y que, sin ganárselo, se lo llevaron.

Qué valor tienen las fotocopias.?

Pero no hay peor ciego que aquel que no quiere ver. Resultan paradójicas alguna criticas emanadas de dirigentes políticos sumamente comprometidos con los hechos que se investigan, ya que salieron a preguntarse él porqué no se exhiben los cuadernos originales en donde el “escritor” Centeno registró minuciosamente la ruta y sus tareas referentes al derrotero que realizaba en el reparto de las “cometas”. ¿Acaso se quemaron? ¿Porqué, paraqué y a quién le importa?
Lugones el amor por las fotocopias
Los queremos ver, dicen. Ya fueron publicados. ¿Son mentiras? ¿No sirven como prueba? A pesar de todo, hay una investigación judicial en curso, que al parecer, va por mucho más.

Tal como se dijo por años, en la jerga judicial: “Las fotocopias sin autenticar presentadas por una de las partes, carecen del carácter de prueba documental válida, por lo que, mal puede exigirse su reconocimiento o negativa de su autenticidad.” 

Llama la atención que en el caso que nos ocupa, de inmediato salieron los defensores ad hoc a sostener que:” Las fotocopias cuya autenticidad no está certificada por funcionario público habilitado a tal fin y no reconocidas, carecen de fuerza probatoria”.  Así mismo que :“La autenticidad consiste en acreditar la identidad gráfica de los dos documentos, el original y la copia. Por consiguiente, las fotocopias no autenticadas y desconocidas por la parte afectada, carecen de fuerza de convicción”.

Es decir, que lo impreso en un papel resultaría inhábiles para fundamentar una acción, en razón de que no tenían más valor, que el de una copia simple, sin eficacia jurídica, según la jurisprudencia citada. Pero… esa es jurisprudencia vieja y en la actualidad hay otros parámetros de interpretación.

Es verdad que resulta arbitrario y por ende descalificable como acto jurisdiccional válido, cualquier pronunciamiento que prescindiese de los instrumentos originales, al momento de verificar un acto, ya que las fotocopias, no pueden sustituir a los documentos originales.
¿Pero qué pasa si los interesados presentan ante la autoridad judicial, a fin de acreditar la existencia y a efectos del acto que se pretende validar, allí documentado, elementos activos, confesos y elocuentes de la existencia real de lo inserto en la fotocopia?

¿Qué valor tendrían esos escritos plasmados en original en dichos cuadernos, sin la ratificación del autor y aun mas, sin la verificación de los hechos allí consignados?

Lo que la justicia persigue, es la verdad real de los hechos que investiga y por más elementos originales que disponga, si estos a nada conducen y no se apoyan en elementos ciertos que hagan verosímil el hecho a probar, de nada sirven y no tendrá otro valor que el de un elemento indiciario, como posible principio de prueba a demostrarse.

Santiago del Estero como antecedente.
En nuestra provincia hace algunos años, sucedió un hecho trascendente en materia de investigación judicial, que fue ampliamente publicitado. Eran tiempos en que solo se conocían como medio de información solo los tradicionales, diario, radio y televisión y no había otra forma de que se puedan confrontar criterios contrarios, a los que se publicitaban.
Es así como un oscuro juez del crimen, el Dr. Luis Lugones (2) se dispuso –seguramente a pedido de alguien- a investigar de “oficio” un contrato de arte – mal llamado de publicidad- que había resuelto el Poder Ejecutivo, en reunión de gabinete con el acuerdo de todos sus ministros.


Ledesma reformadora anti funcionario
A este juez -que se lo conocía como “gallo con decreto”- le arrimaron una fotocopia simple del contrato –no autenticada, ni certificada- y sin ningún otro elemento que acredite su autenticidad. Sin embargo, ordenó la detención de todo el gabinete provincial de entonces, con el argumento de que se había defraudado al Estado provincial. Obvio, lejos de advertir que estaba juzgando un acto político, por ende, no justiciable. 

Y nada es eso, también ordenó capturas nacionales e internacionales, disponiendo allanamientos a diestra y siniestra, sin tener en su poder el contrato original, que lo mandaron a investigar. Es decir que, con una mísera fotocopia y sin contar con otro elemento que le aportara criterios de verdad, realizó tamaña incongruencia judicial, que los memoriosos recuerdan, como una de las más grandes “animaladas” de la historia jurisdiccional santiagueña.

Rotondo: donde hay que firmar?
Y es así como este impresentable funcionario, sigue formando parte de la justicia local. Pero no es el único protagonista, de los más disparatados manipuleos judiciales que se recuerden. Nadie olvida a la Dra. Ángela Ester Ledesma (3) quien reformó el Código Procesal Penal de un plumazo, disponiendo que estaban “prohibidas las excarcelaciones” a quienes fueron funcionarios públicos, en su calidad de Interventora del Poder Judicial.

O el inefable ex Fiscal del Crimen, el Dr.Víctor Rotondo (4) al que le hicieron apelar una resolución de Cámara, que obviamente le estaba vedado hacerlo, para impedir la excarcelación de ex Ministros de la gestión de Carlos Mugica.(5)
Y es mejor no seguir recordando tropelías de esta naturaleza, lamentablemente ocurridas en esta provincia, como antecedente.


Las cosas en su lugar
Con la reciente reforma del Código Civil, son otros los parámetros a tener en cuenta a la hora de validar instrumentos simples, digamos fotocopias, en el ámbito de la justicia.
No solo cambió la letra inserta en el libro de fondo, sino que también es otro el cristal con que, en la actualidad, se miran las cosas, a la hora del juzgamiento
.
El nuevo art. 319 del Código Civil y Comercial, establece que el valor probatorio de los instrumentos particulares debe ser apreciado por el juez quien debe ponderar, entre otras pautas, la congruencia entre lo sucedido y lo narrado.

Otro elemento valorable es la “precisión y claridad técnica del texto”, como así los usos y prácticas del tráfico, es decir, conforme el tipo de acto de que se trate, será la característica habitual y el estilo que se deberá utilizar.

También hace mención a las relaciones precedentes que constituyen elementos probatorios en cuanto al acto o instrumento de que se trate. La confidencialidad de los procedimientos técnicos aplicados, es otra forma de fundamentar el criterio y por último la” confiabilidad de los soportes” con que se cuentan.

La sumatoria de estos elementos es lo que será de libre apreciación judicial, ello así, porque el valor de la prueba no es, ni debe ser un ente aislado, sino la conclusión a la que se debe arribar, del conjunto de los elementos reseñados.

Desde esta normativa la justicia nacional, avanza en la investigación de los afamados “cuadernos cometeros” que tanto dan que hablar a legos y eruditos en la materia.
El valor de la fotocopia ha variado con el tiempo y es moderno el criterio que investiga su contenido, prescindiendo de su creador. Es el típico caso en que el autor pasa a segundo plano, desde que su obra lo trasciende, ya sea por su contenido o por el valor que adquirió, desde su propia naturaleza.

Volviendo al principio, es que ni Jim Terrier, desde su duro thriller, ni Oscar Centeno desde su prolija y triste realidad, imaginaron las consecuencias y las dimensiones, a las que arribaron sus simples anotaciones, en el ejercicio de sus tareas cotidianas.
Tampoco supusieron, el valor que la justicia le asignó, a una fotocopia simple.

Fuente:

1- Es una película estrenada en 2015 dirigida por Pierre Morel y escrita por Don Macpherson y Pete Travis, basada en la novela The Prone Gunman.
2- En la actualidad Vocal de la Cámara Penal de Apelaciones. Sgo del Estero
3- En la actualidad Juez de Cámara de Casación Cap. Federal
4- En la actualidad Vocal de la Cámara Civil de Apelaciones. Sgo del Estero
5- Gobernador de Santiago del Estero (1991-1993)

miércoles, 15 de agosto de 2018

CUANDO LA JUSTICIA MIRA PARA OTRA PARTE.

EDITORIAL del jueves, 7 de marzo de 2013

      Que nuestra justicia tiene flancos débiles, no es ninguna novedad, pero que se afirme que:” es ilegítima, corporativa, oscurantista y de lobbies aceitados" (1) y que quien lo dice sea la Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, jefa de los fiscales, es un llamado de atención que no solo debe ser advertido por los justiciables, porque resulta algo más que un mensaje, para quienes conforman la estructura del poder judicial de la nación.


Esta declaración fue recogida por medios de prensa de alcance nacional, destacándose que la funcionaria  en la oportunidad, se encontraba asistida por dos de sus asesores, es decir que no se trató de una nota de carácter improvisado, ni espontaneo, digamos que fue un envió intencionado de alcance general, para que sus destinatarios tomen nota de lo que opina una parte del poder. Pero dos días después, la Presidente de la Nación, ratificó lo dicho y fue por más, anticipando una serie de iniciativas para ser tratadas en el ámbito legislativo, tendientes a “democratizar” el sistema judicial.

Pero… quién nombra los jueces? Y quién reformó el sistema instalando mayoría plena entre sus miembros? Molestan los desaciertos, pero a quienes atribuirlos, si no provienen del marco opositor?

Bienvenidos los cambios que tienen como misión el fortalecimiento de los engranajes del Poder, pero hay que tener cuidado cuando se pretende “apretar” la independencia que garantiza la Constitución. No existen los poderes absolutos, ni de hecho, ni de derecho, porque cuando se amenaza con el avasallamiento, de inmediato se integran los anticuerpos, que el legislador ha previsto como una rayana posibilidad.

                          UNA PREGUNTA PARA LOS JUSTICIABLES

El hombre lleva arraigado el sentimiento de justicia y se opone naturalmente a que se manipule de cualquier manera ese preciado valor. Advierte cuando se pretende reformar para dominar, porque no entiende las razones de violentar su naturaleza conjugada en el deber ser. Sin presiones, ni fórceps ideológicos, ni “aprietes” autoritarios, habría que consultarlo al pueblo sobre qué tipo de justicia prefiere y cómo ansia su integración.

Si está dispuesto, por ejemplo, a tolerar que se designen jueces y fiscales, que no ganaron los concursos convocados al efecto, que no se aparten aunque mas no sea provisoriamente, a los vicepresidentes, ministros y secretarios denunciados por hechos de corrupción, que los juicios duren una eternidad y que se dejen prescribir infinidad de causas en que el Estado es parte damnificada.

Habría que preguntarle al pueblo si está dispuesto a tolerar el abuso de poder de los Magistrados que firman ordenes de detención cuando el delito imputado resulta ser excarcelable y que mantengan los sumarios abiertos, cuando no es posible material y jurídicamente, aportar nuevas pruebas o que mantengan imputados o procesados sine die a la espera de la prescripción de la causa, porque no se instruyó el sumario, ni se investigó adecuadamente, promoviendo la impuridad del supuesto ilícito. (2)

¿Cómo se hace para enderezar y equilibrar el aparato judicial si desde lo más alto del poder , se lo considera: ” ilegítima, corporativa, oscurantista y de lobbies aceitados"?
 Antes de promover reformas que en nada podrán solucionar la “injusticia judicial” que se viene arrastrando como vicio de origen, sería más atinado  echarle un vistazo a las falencias cotidianas que desde hace tiempo venimos denunciado, de manera que no se pueda afirmar en el futuro inmediato, que la justicia está mirando para otra parte.


Fuente

2-  ver Brevetta Rodriguez Miguel, El abuso de la prisión preventiva y la orden de detencion”  http://brevettarodriguez.com.ar/?post=2372

sábado, 11 de agosto de 2018

CUANDO LA JUSTICIA MEA EN LA VEREDA



               
                No hace mucho tiempo la prensa nacional advirtió que un tribunal había recurrido a una cita de Dominicio Ulpiano (¿170?- 228 d.C.) para abonar su sentencia, lo que resulta un tanto extraño en atención al curso de la historia, los anales del derecho y el tiempo transcurrido. Pero, en materia judicial, en un país sin reglas de juego claras, nadie puede invocar sorpresa, cuando la realidad a diario, excede a la ficción.

Estos últimos años se han caracterizado por un desmedido manoseo institucional. La sucesión de dictaduras que gobernaron nuestro país –sin conciencia, ni formación jurídica- irrumpieron en el ámbito judicial desordenando y desnaturalizando el debido procedimiento legal, amén de las garantías constitucionales.

Y como no podía ser de otra manera, los más altos resortes jurisdiccionales, no tardaron en adecuar esos procedimientos vandálicos al deber ser, convalidando así actitudes ultra distantes con la naturaleza del derecho.

Superada la dictadura, parece que aún quedan resabios por desterrar, pues se conoce que más de un magistrado en lugar de juzgar con decoro e independencia, espera la orden “de arriba” previo al  dictado de la sentencia. 
Digamos, estos buenos muchachos, que se convirtieron en meros engranajes funcionales del poder que los colocó en sus asientos, para desvirtuar la esencia del derecho.

Muchas veces nos negamos a admitir como cierto, que estas cosas sean parte de este Estado de derecho, que no termina de acomodarse, dentro de los causes normales, por donde debieran transitar los justiciables.

Hace algunos años me sorprendí al leer que: “La Sala I de la Cámara en lo Penal Contravencional y de Faltas porteña confirmó la absolución de Luis D'Elía por el corte de la avenida Rivadavia que llevó adelante hace un tiempo, en un fallo en el que se comparó esa movilización con las puebladas a la Plaza de Mayo de 1811, en los albores de la Patria; el 17 de octubre de 1945 -Día de la Lealtad peronista-. La resolución a favor de D'Elía resaltó que en esas ocasiones los manifestantes tampoco pidieron permiso para movilizarse y exteriorizar sus reclamos y adhesiones.” (1)

                                       ENTRE LA RISA Y EL LLANTO
De estos fallos, que se cuentan por miles, se podrían escribir innumerables libros de “humor legal”, pues no causan más que risa, cuando se supera la indignación. Sin dudas que el tribunal, no analizó como se debe, la verdadera causa del sumario, es decir que el alboroto producido por el pionero del “pikete” en nuestro país, era en apoyo a la candidatura de Nestor Kirchner a diputado nacional, donde también se le exigía la colocación  de "más morochos" en las nominas de candidatos.

¿Cómo es posible asimilar estas “bravuconadas pagas”, con hechos históricos como lo fueron las dos únicas revoluciones populares de 1811 y 1945, que se conocen en nuestro país? 
¿Será necesario llegar a tanta obsecuencia para satisfacer los mandatos del mandamás de turno?

Lo triste de esta nota, es que no estamos en tratamiento de un hecho aislado, ni de un contratiempo realizado en solitario. Estas malas prácticas se reiteran a diario en toda la Argentina, como icono indiscutido de la sumisión de un poder ante otro, de iguales características y jerarquía. 

Tal vez la única diferencia sea, que el dominante dispone del efectivo, tal como lo estamos comprobando con las famosos "bolsas de la coima" en donde participan de manera reiterada todos los poderes nacionales.

Carlos Wagner, ex Presidente de la Cámara de la Construcción, en su declaración de ayer con el juez Bonadio, dijo: "Los Kirchner se llevaron y robaron del Estado u$s 15.000.000.000 (quince mil millones de dolares)" y no se puso colorado ante semejante confesión. (2)

El triste y bochornoso episodio en donde se muestra al ex juez federal Norberto Oyarbide, con la cabeza platinada -emulando a las legendarias rubias de New York- con bastón en mano, llorando por los pasillos de la antesala de Comodoro Py nos muestra como contra cara a una Argentina con rumbo incierto sin saber a donde va.

Descubrir que en nuestro ordenamiento judicial se convive con la “injusticia” es lo mismo que sorprender a un digno caballero orinando en la vía pública. 
¿Desde cuando la justicia esta meando en la vereda? Lo que causa, un poco de risa y un tanto de indignación.

Fuente:

1- Diario Perfil. 19/05/2009.-
2- Diario la Nación 11/08/2018

miércoles, 8 de agosto de 2018

LEGISLAR SIN LOS JUÁREZ

Nota Editorial del 6 de enero de 2008.-

Carlos Juarez y Sra la política de la ineficiencia  y el terror
De las tantas conversaciones que tuve con Vicente Solano Lima, suelo rescatar un tema muy interesante, que en un principio no entendí, pero después, con el tiempo, alcancé a comprobar que estaba cargado de una notable sabiduría empírica producto de sus largas y sostenidas luchas en la arena política nacional.



La cuestión versaba sobre las bancas de los diputados nacionales, en espacial de quienes llegaban del interior del país a descubrir una Capital tan cosmopolita, como huraña e introvertida, a los ojos de una dirigencia política que recién despertaba de una pesadilla que duró más de un lustro, entre un autoritarismo prepotente, la degradación de los derechos humanos y la violencia ilimitada instalada en todos los campos. 

“La mayoría de los dirigentes políticos y en especial los provincianos, explicaba,  se disputan un lugar en las listas de legisladores nacionales pensando que desde la Capital Federal realizaran un gran salto que los coloque en una posición superior en la carrera política.

Pero nada más equivocado. Solo muy pocas excepciones conozco que se les haya cumplido el sueño que trajeron. En éstas Cámaras se oscurece el más iluminado. Y con el tiempo suelen descubrir que aquí, no son nadie….”

Desde que los argentinos comenzamos a reconstruir una nueva democracia, fenecido el genocida golpe del 76, en Santiago del Estero Carlos Arturo Juárez, retomó una vez más las riendas del poder que se le había arrebatado precisamente, en esa alzada militar de aquellos años, que abrieron tantas heridas en el tejido social y que aun treinta años después, no terminan de cicatrizar.

Gestor de una aplastante mayoría tras el resultado electoral sobre la Unión Cívica Radical, el Partido Justicialista y sus aliados históricos retornaban a fines de octubre de 1982 al cetro del poder político, para ejercer una supremacía a ultranza, acaparando los puestos estratégicos en casi todo el territorio provincial, salvo una que otra excepción.

El denominado “juarismo”, como lo hizo siempre, se alzó con los dos tercios de los legisladores provinciales, más los dos Senadores Nacionales –de aquel entonces-  y la mitad mas uno de los Diputados de la Nación.

Y así sucesivamente el partido del General Perón, a veces con el rostro de Iturre, Mujica, Díaz o Aragonés, reservaron entre sus filas a la mayoría de legisladores nacionales y provinciales, dejando a la oposición totalmente desguarnecida, sin que pudiese lograr, la aprobación de un solo proyecto ante la mayoría exultante del gobierno de turno.

No obstante las últimas dos Intervenciones federales que soportó nuestra provincia, dispuestas desde el poder central durante estos años de nueva gestación democrática, en las Cámaras nacionales  Carlos Juárez,  per se o por otro, siempre estuvo presente.

Resulta paradójico ese interés desmedido del caudillo por acaparar las bancas nacionales, pues ningún buen resultado, ni político, ni económico, recibió de ellos a lo largo de estos más de 20 años de hegemonía personal  en su feudo, al que gobernó con  tinte autocrático desde la conocida soledad del poder de la que nunca pudo escapar.

Sus largas meditaciones previo a la confección de los “listados sabanas” antes de cada disputa electoral daban la sensación de que se encontraba inmerso en una búsqueda intrincada  para arribar a una prolija elección de quienes serían los candidatos a legislar, en beneficio de la provincia y de un país mejor. Pero, nunca existió nada mas alejado de esa realidad.

Ante cada acto electoral Juárez siempre “escondió bajo siete llaves” la nomina de quienes serían sus candidatos, las que mandaba a presentar al cierre del vencimiento de los plazos procesales, no como estrategia electoral en busca del factor sorpresa, sino como una manera de detener una segura estampida de la “la tropa” –solía decir- cuando se enteren que no formaban parte de los elegidos.

Nunca le interesó ni la calidad cultural, ni el prestigio personal de los postulantes que colocó en el parlamento, tampoco la cantidad de votos posibles que esos nominados podían  aportarle. 

TRISTE,  SOLITARIO Y  FINAL

Las resultas de éstas maniobras están ampliamente publicadas mediante datos históricos y reiteradas estadísticas que forman parte de la memoria parlamentaria nacional y provincial.

Sirva como mero ejemplo ilustrativo, que la provincia de Santiago del Estero encabezó en varios periodos de sesiones ordinarias las nominas jocosas de los llamados “diputados mudos” (los que nunca hicieron conocer su voz en el recinto) para vergüenza ajena de los santiagueños.

También su señora esposa Marina Mercedes Aragonés de Juárez, ex gobernadora de la provincia, cuando resultó ungida Diputada Nacional, no escapó a la observación de los memoriosos cronistas especializados del “Semanario Parlamentario” y es recordada dentro de las crónicas insólitas, pues jamás asistió a ninguna las sesiones ordinarias de la Cámara, mientras duró su mandato, salvo el día de su incorporación.

A tanto llegó el desprecio por nuestras instituciones, que en una oportunidad Carlos Juárez llegó a negociar una banca de Senador Nacional, mandando a votar a sus acólitos por un extraño  y foráneo personaje que no conocía ni el mapa de la provincia, que sin embargo llegó a representarla, sin aportar absolutamente nada para destacar, ante el Honorable Senado de la Nación.

No podemos decir que la “era Juárez” en las Cámaras de Diputados y Senadores nos legó algún párrafo para insertar en las páginas de las glorias conseguidas al servicio de la Patria. Nada más lejano que esa posibilidad.

Hoy ya no queda un solo  vestigio de lo que fuera el juarismo, ni en las Cámaras legislativas de la provincia, como tampoco en Asamblea  Nacional.

De aquí en más corre otro tiempo de la democracia y otros son los elegidos,  a quienes podremos observar y analizar con detenimiento cuando llegue la oportunidad de rendir cuentas.

Ahora ocupamos el rol de anónimos testigos del… ¿ Cómo será, de aquí en más, legislar sin los Juárez..?

Por el momento escuchamos a Peteco:

       “Carlos Arturo Juárez
            Cincuenta años dominó
                       No hay nada que agradecerle  
Ya olvidémoslo...”