jueves, 28 de enero de 2016

MEDIOS DE COMUNICACION: PRENSA LIBRE O LIBERTAD DE PRENSA (IV)


                      El tema de las libertades, no solamente ha sido casual de desvelo por parte de los tratadistas del tema, sino que a causado a la humanidad incontables situaciones afligentes que han llegado a pagar hasta con la propia vida.

La libertad, no solamente constituye uno de los derechos inalienables que caracteriza a las personas humanas, sino que se ha constituido en el derecho por excelencia -como el derecho de la vida- que si bien aun no está expresamente inserto en nuestra carta fundamental lo consideramos como no enumerado.

De lo que sí se ocupa nuestra Constitución es de la libertad de expresión, ya que el Estado liberal reconoció como derecho individual o de las persona humana el de pensar y exponer el pensamiento en forma oral y escrita, y , en conexión con la vida política, el derecho de prensa, esto es el derecho genérico de “publicar las ideas por la prensa, sin censurar previas” (art. 14 C.N).
La magnitud y el desarrollo de ésta especie se elevó a la categoría de un derecho individual autónomo y la legislación sobre este medio de comunicación, contempló garantizar su ejercicio estableciendo límites e inmunidades, resguardos y seguridades con el objeto de repeler toda intervención del poder en el Estado.

Sin duda todo fundamento debe buscarse en el origen político de la prensa, como un derecho consustancial a la persona humana y su consagración, dentro de la estructura del Estado liberal de derecho como un derecho individual, cuya realización debe ser garantida conforme con el libre juego de la iniciativa privada, la libre competencia y la libre empresa.

Todo derecho tiende a evolucionar, de igual manera que a quienes pretende amparar, y esto debe ser entendido con absoluta claridad, pues cuando se llega a desvirtuar el sentido de la tutela jurídica, la norma decae en su efectividad y se transforma en derecho no vigente.
La libertad de prensa

Si bien es cierto que no existen derechos absolutos, el ejercicio de las libertades -y en especial las de raigambre constitucional- deben ser ejercidas con la prudencia necesaria para efectivizarlas en la realidad, pues de nada sirve la letra muerta de la ley que no tiene aplicación, como que tampoco sirve pretender la invocación de un ejercicio sin tutela alguna.

La democracia necesita - hoy mas que nunca- que se ejercite la libertad de prensa, y que se reglamente el derecho a replica.

La argentina, por su sistema de gobierno está deseosa de poner distancia con los regímenes totalitarios que no solamente desconocen los derechos, sino que se muestran empeñados en cercenar las libertades estableciendo la supremacía del Estado sobre el desarrollo de la persona humana.

La expresión, entiéndasela desde el punto de vista de los medios de masiva comunicación, es la realidad mas acabada de la soberanía y de un sistema republicano de gobierno, de ninguna manera podremos sustraer la ciencia de la información de la ciencia política y desde que ambas se complementan, mal se puede permitir el avance de una, sobre la otra, de ser así, tendríamos como resultado la mordaza y el silencio y por la otra la desinformación y la falacia.

Si admitimos la libertad, concedemos la replica, pero hacemos mención a una respuesta altruista, que provenga de los mecanismos naturales y legales, mal se puede ejercer la libertad constitucional dentro de un ambiente o estado de perturbación, de castración ideológica o en actitud de agresión permanente.
Prensa libre

Habrá libertad de prensa cuando los derechos sean efectivamente garantizados por el Estado y su ejercicio sea la resultante del deber ser.

Es menester que en un país civilizado que actúa dentro del cause normal de sus instituciones, se incentive el conocimiento franco de sus logros y bondades, esto ha de realizarse en la medida del mejor aprovechamiento de las libertades en vigencia, y no en la imposición de limites pocos razonables y atentatorios contra el propio ejercicio que se pretende garantir.

Mientras la prensa sea libre, sin ataduras, ni condicionamientos de ninguna especie y presente su trabajo con objetividad dando igual participación de todos los sectores que componen el medio de sus desarrollo, abra sin duda libertad de prensa.
El Estado castrador

Lo que si, no debe permitirse desde ningún punto de vista, es el avance del Estado sobre la libertad individual, es inconcebible en este tiempo, cuando la comunicación a alcanzado el desarrollos insospechados, revolucionando toda una estructura que se vislumbraba como estable en la sociedad contemporánea y en las estructuras de poder, pretender ejercitar la opresión y el temor, tal como se viene advirtiendo en estos últimos tiempos, sobre los artífices de la libertad de expresión.

El surgimiento del derecho social de la información está reclamando -con justa razón- el normal desenvolvimiento de la vieja tarea de mostrarnos la realidad, provenga ésta de donde fuere.
No será con un endurecimiento hostil, la mejor manera de vigorizar la democracia, como tampoco se podrá silenciar la ineptitud, el manejo de la cosa pública, la falta de idoneidad y el atropello embozado contra el ejercicio de la libertad.

Una prensa libre posibilitando el ejercicio de la libertad de prensa, en situación conforme con un Estado pleno y garante de las libertades, permitirá sin duda que la sociedad y cada uno de los miembros adquiera su plenitud y crecimiento conforme con su excelsa dignidad.


Publicado en el diario El Liberal, 13 de enero de 1985.-

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