N. de la R.
: Miguel Brevetta Rodríguez, no precisa presentación, su obra
especialmente la literaria es bastamente conocida en Santiago del
Estero, sus libros de poemas han transpuesto la frontera provincial, sus
jugosos artículos, notas y comentarios; muchos de los cuales hemos
insertado en nuestras ediciones diarias, han demostrado que posee una
fibra en este difícil campo del periodismo.
Pero había una actividad que no conocíamos que
poseía Brevetta Rodríguez, es en el terreno del derecho, por ello éstas
notas sobre el Contrato Social de Juan Jacobo Rosseau, le dan el
espaldarazo definitivo.
LA HORA: se honra en contarlo entre sus
colaboradores más asiduos, publicaremos cuatro notas sobre el inmortal
libro de Rosseau que hoy comenzamos con la difusión de la primera de
ellas, continuándolas en los sucesivos días.
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Juan
Jacobo Rosseau (1712- 1778), filósofo ginebrino, fue uno de los
escritores que adquirió gran reputación por haber asociado a sus obras
el amor y la esencia de la naturaleza, empleando un lenguaje apasionado,
elocuente y persuasivo. Encarnó la propuesta espiritualista y preconizó
la sociedad natural contra una civilización artificial.
Tan elocuentes fueron sus ideas que se lo
consideró Padre Espiritual de la Revolución Francesa, no olvidar que
falleció éste 11 años antes de producido el levantamiento. También se lo
calificó como heredero del escepticismo no iban más allá del concepto
de Voltaire, Rosseau, en cambio, se le pone en cierto modo así como a
los materialistas, haciendo prevalecer sobre su filosofía la fuerza de
la naturaleza.
Se puede decir que éste escritor es el primero
qué en una obra de gran trascendencia literaria expone su teoría
naturalista de la vida y su concepto de la organización de la sociedad,
ya que consideraba falsos los principios pedagógicos de la época y opuso
a éstos el suyo propio.
En su Contrato Social, trata de poner en
evidencia para eliminarlo, todo aquello que hay de convencional en la
organización social existente, al dividir ésta obra en cuatro partes: el
autor habla en pleno conocimiento desde las primeras sociedades hasta
lo que entiende por religión civil; y dice –refiriéndose a lo primero-
que no se puede dejar de confesar que Adán fue soberano del mundo como
Robinsón de su isla, mientras que la habitó solo; y lo que tenía de
cómodo éste imperio era que el Monarca seguro sobre su trono – no tenía
que temer ni rebeliones; ni guerras, ni conspiraciones.
Muchas veces hablamos de derecho sin advertir,
en la generalidad, que la palabra Derecho, tiene muchas acepciones por
ejemplo en la ley del más fuerte: “La fuerza no es más que un poder
físico. Ceder a la fuerza es un acto de necesidad y no de voluntad,
cuándo más es un acto de prudencia”. Se ve, pues que ésta palabra
Derecho – añade Rosseau- nada toca a la fuerza, ni tiene significación
alguna.
Convengamos, pues la fuerza no constituye
derecho y en que sólo hay obligación de obedecer a los poderes
legítimos, ya que por naturaleza, nadie tiene autoridad sobre sus
semejantes, y que la fuerza no produce ningún derecho, sólo quedan las
convenciones por base de toda autoridad legítima entre los hombres.
Éste tema nos lleva a descifrar – o a mejor entender- lo que significa la palabra libertad; sus medios; su poder y sus alcances.
Renunciar a la libertad, es renunciar a la
calidad de hombre, a los derechos de la humanidad y a sus mismos seres.
Así pues de cualquier modo que las cosas se consideren; el derecho de
esclavitud es nulo; no sólo porque es ilegítimo sino; porque es absurdo y
nada significa.
Rosseau se preguntaba: Si un pueblo elige a un Rey y si éste pueblo es “pueblo” antes de darse a un Rey, citando a Grocio.
¿Es acaso una obligación ineludible el elegir a
un postulante que no cumple los mínimos requisitos que exige nuestra
conciencia é investirlo de plenas atribuciones para que nos gobierne…?
Rosseau sostiene que es preciso retroceder
siempre hasta una primera convención, pues si no existiese una
convención anterior: ¿Porqué motivo, a menos de ser la elección unánime
tendría obligación la minoría de sujetarse al elegido por la mayoría? y
¿Porqué razón cientos que quieren tener un Señor, tienen el derecho de
votar por diez que no quieren ninguno?
La misma ley de la pluralidad de votos se halla establecida por convención y supone, una vez a lo menos, la unanimidad.
En el capítulo VI, se refiere el autor sobre el
Pacto Social, tema muy en boga que reviste singular importancia en
nuestros días, y lo hace propio con una increíble seguridad, que bien
hoy es aplicable a nuestra realidad, versión que cumple un vaticinio
inobjetable en lo que hoy consideramos: “país en reconstrucción”.
¿Qué significa pacto…? ¿Es una reunión? ¿Una
asociación organizada? ¿Es necesario la creación de un Pacto Social,
como anexo y procura de bien común…? Nadie puede vivir – nos dice la
experiencia –en estado primitivo y perecería el género humano si no
variase su modo de existir.
La voz popular nos dice a menudo que “la unión
hace la fuerza” y es éste dicho una realidad palpitante en los momentos
que vive el país. “Unidos y jamás esclavos”, sostuvo no hace mucho un
estadista. Y es ésta la unión necesaria que procura el ser humano en
beneficio de su propia subsistencia, de su libertad.
“Más como los hombres no pueden crear por sí
solos nuevas fuerzas; sino unir y dirigir las que ya existen, sólo les
queda un medio para conservarse, y consiste en formar por agregación una
suma de fuerzas capaz de vencer la resistencia, poner en movimiento
éstas fuerzas por medio de un solo móvil y hacerlas obrar de acuerdo.
Ésta suma de fuerzas sólo pueden nacer del concurso de muchas separadas;
pero como la fuerza y la libertad de cada individuo son los principales
instrumentos de su conservación, ¿Qué medio encontrará para obligarlas
sin perjudicarse y sin olvidar los cuidados que se debe a sí mismo?
Encontrar una forma de asociación capaz de
defender y proteger con toda la fuerza común la persona y cada uno de
los asociados; pero de modo que cada uno de éstos, uniéndose a todos,
sólo obedezca a sí mismo y quede tan libre como antes. Es la respuesta”.
La solución del pacto; sus provechos y sus
beneficios están definidos en una filosófica y real visión del autor. El
principio matemático que antiguamente se exigía poseer a los filósofos
estaba dado en la capacidad de Rosseau é implícito en su género
literario.
“En fin dándosele a cada cuál a todos, no se da a
nadie en particular; y como no hay socio alguno sobre quién no se
adquiera el mismo derecho que uno le cede sobre sí, se gana en este
cambio, el equivalente de todo lo que se pierde, y la fuerza mayor para
conservar lo que uno tiene.
Si quitamos del Pacto Social lo que no es de su
esencia, veremos que se reduce a éstos términos: cada uno de nosotros
pone en común su persona y todo su poder bajo la suprema dirección de la
Voluntad General recibiendo también a cada miembro como parte invisible
del todo.
Es lógico que cuando se realiza un pacto de
común acuerdo: un negocio; en donde existe ó se juegan las posibilidades
de ganar o de perder; una de las partes es la favorecida y la otra
actuante la perjudicada. Pero al tratarse de un Pacto Social deben
minimizarse las consecuencias posteriores, puesto que en donde juegan
muchos, son pocos los que pierden.
Y en éste caso el autor dice: “…que lo que el
hombre pierde por el Contrato Social es su libertad natural y un derecho
ilimitado a todo lo que intenta y que puede alcanzar, y lo que gana es
la libertad civil y la propiedad de todo lo que posee”.
Al finalizar el libro primero o primera parte,
Rosseau establece las condiciones que deben darse para que el pacto
tenga vigencia; es decir para que pueda ser utilizado y comprendido con
el objeto de su real significado. ¿Pues de qué sirve una estructura que
debe ser montada sobre sólidos cimientos, si éstos no poseen la
suficiente fuerza que la de sostener lo proyectado?
“En lugar de destruir la igualdad natural, el
Pacto fundamental sustituye al contrario una igualdad moral y legítima a
la desigualdad física que la naturaleza pudo haber establecido entre
los hombres, quienes pudiendo ser desiguales en fuerza o talento, se
hacen iguales por convención y por derecho.
En un mal gobierno, ésta igualdad solo es
aparente e ilusoria; sirve tan solo para mantener al pobre en la
miseria y al rico en la usurpación”.-
Publicado: Diario La Hora, 1974.-
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